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Dispusieron que dos hombres permanezcan detenidos preventivamente, acusados como autores materiales del homicidio de Damián Antiñir, ocurrido el 27 de junio pasado.
Regionales 04/09/2021Por pedido del fiscal del caso Andrés Azar, un juez de garantías tuvo por formulados los cargos contra dos hombres, J.C.C y M.R, acusados como autores materiales del homicidio de Damián Antiñir, ocurrido el 27 de junio pasado, y dispuso que permanezcan detenidos preventivamente.
También se aceptó la acusación contra una mujer, G.V.A, a la que el fiscal consideró como instigadora. En este caso, el magistrado compartió que tuvo participación en el hecho, pero tuvo por formulados los cargos por una figura legal distinta a la solicitada por el fiscal y dispuso su detención domiciliaria por el plazo de un mes.
La audiencia se produjo luego de que, a partir de la investigación, durante la jornada de ayer se concretaran las tres detenciones. Comenzó por la mañana y terminó en las primeras horas de la tarde, a través del sistema de videoconferencias pero con los acusados y la acusada, con sus respectivas defensas, en una sala de la oficina judicial.
La teoría del caso que presentó el fiscal es que entre el 1 de junio y el 27 de junio, G.V.A acordó con J.J.C y M.R el pago de una remuneración para terminar con la vida de un hombre, quien al momento de concretarse el homicidio no fue quien recibió la agresión. El día del hecho, ambos acusados se trasladaban en una moto y, al llegar a un sector en el que se encontraba Damián Antiñir y un grupo de personas, efectuaron 8 disparos. Según indicó el fiscal, tres proyectiles impactaron en Antiñir, quien murió de manera inmediata.
Luego de escuchar a las partes, el juez a cargo de la audiencia consideró que, al menos de manera provisoria, los hechos y la prueba presentados correspondían con otra calificación. En el caso de los dos hombres, homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego, en carácter de coautores. En el caso de la mujer, el magistrado optó por avalar la formulación por homicidio simple, en carácter de partícipe necesaria.
De acuerdo con lo expresado por las partes, el juez afirmó que “hubo una instigación, que en principio estaba dirigida a una persona y se dio muerte a otra”. Luego aclaró que en su opinión “no queda claro si la señora estaba de acuerdo con el hecho o no”. De acuerdo con la teoría de la fiscalía, explicó que la mujer tuvo participación y que brindó asistencia a los imputados, antes y después del hecho, por lo que tuvo por formulados los cargos.
Medidas cautelares
Para resguardar la investigación, el fiscal Azar solicitó ocho meses de prisión preventiva para los dos acusados y el mismo plazo para la mujer, pero bajo la modalidad domiciliaria, debido a que es madre de una niña lactante. El representante del Ministerio Público Fiscal fundamentó las solicitudes en el peligro procesal de entorpecimiento de la investigación, ya que ni el arma ni la motocicleta –que habría sido desarmada y vendida- fueron halladas, pero también en el temor de testigos importantes para la causa.
Respecto de la acusada, el magistrado tuvo en cuenta que aún es necesario delimitar el nivel de participación, por lo que impuso un mes de detención domiciliaria. Respecto de los hombres, consideró que la situación es diferente y convalidó la prisión preventiva que solicitó el fiscal, pero por un plazo menor, de cuatro meses, el mismo que asignó a la etapa de investigación.
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