Condenan a 14 y 9 años de prisión a un pastor y a una pastora por abuso sexual

La fiscal del caso Laura Pizzipaulo solicitó a un tribunal colegiado que imponga 14 años y 9 meses de prisión a un pastor de culto que había sido declarado responsable por abusar sexualmente de una adolescente en Zapala y una pena 13 años y 9 meses a una mujer que había sido condenada por los mismos hechos, ocurridos entre 2015 y 2019. 

Regionales 18/11/2021
fiscal Pizzipaulo

La fiscal del caso Laura Pizzipaulo solicitó a un tribunal colegiado que imponga 14 años y 9 meses de prisión a un pastor de culto que había sido declarado responsable por abusar sexualmente de una adolescente en Zapala. Ocurrió durante una audiencia realizada ayer y en la que también pidió una pena 13 años y 9 meses a una mujer que había sido condenada por los mismos hechos, ocurridos entre 2015 y 2019. 

Según se probó durante el juicio, los abusos se produjeron en un contexto en el que la víctima tenía una participación activa en las actividades cotidianas de la iglesia, ubicada en un inmueble sobre calle Roca de la ciudad de Zapala. 

Las personas condenadas son J.A.Q y M.C.G, quienes el 10 de noviembre fueron condenadas por el delito abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el ejercicio de un ministerio de culto, en calidad de autores. Ambas desarrollaban actividades de pastores en la iglesia, con el hombre como autoridad principal del culto y siendo la mujer “su mano derecha”, tal como se definió durante el veredicto.  

Al momento de solicitar las penas, la fiscal del caso destacó la gravedad de los hechos y pidió considerar como agravantes la  diferencia edad entre quienes agredieron y la adolescente que sufrió los abusos; la duración de los hechos; la violencia de género –en este caso sólo respecto de J.A.Q- , la vulnerabilidad de la víctima y, en mayor medida, la extensión del daño causado. En favor de los condenados, la fiscal solo consideró que no poseían antecedentes penales, por lo que redujo el pedido de pena en sólo 3 meses. 

Respecto de esto último, Pizzipaulo aclaró que la intención de la fiscalía siempre fue debatir el caso ante un Jurado Popular, que es el tribunal que interviene cuando se pretenden penas superiores a los 15 años de prisión, pero que se resolvió bajar las pretensiones y evitar las condiciones que impone esa modalidad de juzgamiento a partir de un pedido expreso de la víctima. 

Tras escuchar a las partes y luego de considerar los agravantes y atenuantes del caso, el tribunal se aproximó al pedido de la fiscal e impuso 14 años de prisión efectiva para J.A.Q. Respecto de M.C.G,  el tribunal definió una pena de 9 años, también de prisión efectiva.

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