Piden declaración de responsabilidad para ex jueza de faltas y para abogado

Solicitaron que se condene a la ex jueza de faltas de Zapala, Delia Sánchez, por haber derivado el cobro de multas de esa localidad a un estudio jurídico, cuando debían haberse tramitado dentro de la esfera administrativa municipal. 

Regionales 27/08/2022
Fiscalia de Zapala

La fiscal Jefa de Zapala, Sandra González Taboada, solicitó a un tribunal que condene la ex jueza de faltas de Zapala, Delia Sánchez, por haber derivado el cobro de multas de esa localidad a un estudio jurídico, cuando debían haberse tramitado dentro de la esfera administrativa municipal. 

Asistida por la fiscal del caso Laura Pizzipaulo durante el juicio que se desarrolló durante la semana, González Taboada también solicitó que se declare la responsabilidad penal de C.A.B, el abogado particular que participó en la maniobra investigada por el Ministerio Público Fiscal. 

La teoría del caso que la fiscal jefa y la fiscal del caso presentaron durante el juicio consiste en que Sánchez incumplió el trámite correspondiente en 172 casos, en un período incierto pero ubicable entre el 6 de febrero de 2020 y el el 18 de marzo de 2021. En concreto, detalló que en lugar de derivar sentencias de cobro de multas a la fiscalía administrativa municipal, como indica la normativa, las remitió agrupadas en siete envíos a un estudio jurídico particular de la localidad. 

Esa fue la operatoria atribuida a Sánchez, mientras que a C.A.B le imputó haber encubierto esas maniobras; haber ejercido una autoridad de funcionario municipal que al momento de los hechos no detentaba y, finalmente, haber avanzado en una representación legal de la municipalidad de Zapala cuando no estaba autorizado para hacerlo. 

En relación con la derivación de las multas al estudio jurídico particular, González Taboada sostuvo que “es absurdo que se envíe un testimonio de sentencia a un organismo que no tiene la titularidad de la acción y que no puede perseguirla”. La fiscal jefa recordó que “el bien jurídico tutelado es la administración pública” y, en esa línea, objetó que la imputada “sabía que el camino no era el correcto y sabía la normativa que le indicaba que estaba cometiendo un delito, porque estaba cometiendo un abuso de autoridad al no estar cumpliendo con lo que la ley le indicaba”. 

Respecto de C.A.B, apuntó que “fue funcionario público”. “Ejerció la función pública hasta el 29 de diciembre de 2019 y, habiendo cesado, continuó con el ejercicio de una de las  actividades de la función pública que detentaba representando al organismo dónde se desempeñaba”, afirmó. Luego explicó que lo hizo “al menos en 56 ocasiones”, cuando “ejerció funciones de un acto propio que tuvo cuando era funcionario municipal”.

González Taboada encuadró los hechos, respecto de la ex jueza de faltas –fue destituida en juicio político-  en los delitos de abuso de autoridad, 7 hechos en concurso real entre sí, que a su vez concursa realmente con sustracción de efectos públicos (peculado), 7 hechos, en concurso real y en calidad de autora (artículos 248, 261, primer párrafo; 55 y 45 del Código Penal). Respecto de C.A.B, calificó su accionar como encubrimiento, 7 hechos en concurso real entre sí, que concursan realmente con usurpación de autoridad, 56 hechos, que concursan idealmente con la persistencia arbitraria en la función pública, en carácter de autor (artículos 277, inciso C; 246, inciso 2; 54 y 55 del Código Penal). 

Tras escuchar a los abogados del acusado y de la acusada, que solicitaron la absolución de ambos, el tribunal informó que comunicará su resolución el lunes 29 de agosto.

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