Extienden domiciliaria a condenado por atropellar y matar a un comerciante en la ciudad de Neuquén

Sandro Gustavo Codegoni, quien en febrero fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión por atropellar y matar a Pedro Ariel Leiva, continuará detenido en su domicilio.

Locales 04/10/2023
Fiscalia Nqn

Por pedido de la fiscal del caso Lucrecia Sola, Sandro Gustavo Codegoni, quien en febrero fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión por atropellar y matar a Pedro Ariel Leiva, continuará detenido en su domicilio. La medida cautelar, que vencía este martes, se prorrogó por 6 meses, a la espera que la condena impuesta pueda ser ejecutada. 

La fiscal pidió la extensión de la medida cautelar debido a que persiste el riesgo de que, en caso que se revoque, el condenado no se someta al proceso en su contra. Además, Sola detalló que se encuentra vigente el plazo para que la defensa presente un recurso extraordinario federal por lo que la pena no está firme. 

El abogado querellante particular que representa a la familia de Leiva, adhirió al requerimiento de la representante de la fiscalía. 

La defensa de Codegoni no se opuso a la extensión de la domiciliaria y ante la ausencia de controversia, la jueza de garantías que estuvo a cargo de la audiencia dispuso la extensión de la medida cautelar. 

El hecho 

La teoría del caso que logró acreditar la fiscalía durante el juicio de responsabilidad penal es que el hecho ocurrió el 23 de octubre de 2021, cerca de las 21, en la esquina de calles Intendente Carro y La Pampa de la ciudad de Neuquén. La víctima, Pedro Ariel Leiva, estaba en el frente de su comercio cuando Codegoni subió a la vereda con la camioneta Ford Eco Sport que conducía y lo embistió, provocándole la muerte. 

En forma previa, el acusado había tenido una discusión con el conductor de una camioneta Fiat Estrada, a quien persiguió durante varias cuadras. Fue en ese contexto que circulaba a alta velocidad y perdió el control de su vehículo. 

De acuerdo con las pericias realizadas una hora después del accidente, el imputado tenía alcohol en sangre y circulaba a una velocidad mínima verificada de 47 kilómetros por hora.

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