
Por cuestiones de seguridad se encuentra prohibido el acceso al cerro por cualquier camino y sendero hasta el inicio de la temporada.
Se publicó este viernes en el Boletín Oficial y habilita la compra del equipamiento. Está contemplada en la Ley 3474.
RegionalesLa reglamentación sobre armas no letales en la provincia del Neuquén se publicó este viernes en el Boletín Oficial. Está contemplada en la Ley 3474, cuya aplicación fue aprobada por el Decreto 0631, y autoriza a la Policía del Neuquén a utilizar armas o dispositivos menos letales para prevenir, detectar y cesar delitos.
Los puntos sobresalientes de la reglamentación prevén que solo pueden emplearse armas homologadas por autoridades nacionales o que ya estén en uso por otras fuerzas de seguridad en el país, previa capacitación obligatoria, por parte de los efectivos en: Uso legítimo de la fuerza, normas y principios de derechos humanos y uso adecuado y efectos de estos dispositivos.
Además, la Policía deberá mantener un registro del personal capacitado, con detalles del instructor, fechas y actualizaciones.
Sobre el monitoreo y control de estos dispositivos la reglamentación establece un sistema de monitoreo permanente del uso y efectos de estos dispositivos y que ese uso debe documentarse mediante grabación audiovisual, conforme protocolos provinciales y nacionales y dichos registros deben servir para mejorar la capacitación y orientar su despliegue.
La reglamentación provincial también especifica los usos permitidos, así como las restricciones.
De esta manera, el empleo de armas no letales está habilitado para: Inmovilizar o detener a personas que representen un peligro inminente, ejercer la legítima defensa propia o de terceros e impedir la comisión de un delito.
Y en cuanto a las restricciones el documento menciona que está prohibida la modificación del arma para aumentar su poder ofensivo, que no deben utilizarse de forma indiscriminada ni contra personas vulnerables (niños, embarazadas, adultos mayores, personas con discapacidad), y está prohibida la transferencia a particulares o agentes no autorizados.
Voz de Advertencia: Antes de utilizar el dispositivo, el policía deberá identificarse a viva voz, excepto si esto implica un riesgo evidente.
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