Acuerdan 2 años de prisión efectiva por violencia de género

Jorge Gabriel Otero asumió su responsabilidad en cinco hechos ocurridos en la localidad de Rincón de los Sauces y aceptó cumplir 2 años de prisión efectiva.

Regionales 28/06/2021
Fiscalia Rincon d elos sauces

El asistente letrado de la fiscalía Pablo Jávega arribó a un acuerdo mediante el cual Jorge Gabriel Otero asumió su responsabilidad en cinco hechos ocurridos en la localidad de Rincón de los Sauces y aceptó cumplir 2 años de prisión efectiva. 

Los delitos que el representante del Ministerio Público Fiscal le atribuyó al imputado son desobediencia a una orden judicial -cuatro hechos-, daño y amenazas simples, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 149 bis primer párrafo, 183, 239, 45 y 55 del Código Penal). 

Las partes acordaron que la condena sea de cumplimiento efectivo debido a que el imputado registra una condena anterior impuesta por delitos de similares características por hechos ocurridos en la provincia de Entre Ríos. 

Entre las circunstancias agravantes que detalló el asistente se encuentran la existencia de antecedentes penales computables, la violencia sistémica desplegada, el desapego al cumplimiento de órdenes judiciales y la cantidad de hechos cometidos. Como atenuantes, se valoró el reconocimiento de los hechos por parte del imputado, el nivel de educación recibido, la edad y su propia historia de vida, marcada por una infancia violenta. 

La teoría del caso que investigó la fiscalía, es que entre octubre y diciembre de 2020, el imputado reconoció haber cometido cinco hechos:

- El primero ocurrió el 16 de octubre del 2020 entre las 18 horas y las 22 horas, Otero incumplió las medidas cautelares impuestas el 21 de septiembre de 2020 por el juez multifuero de Zapala. El incumplimiento consintió concretamente en enviar mensajes hostigantes a su expareja a través de Facebook.

- El segundo ocurrió el 12 de noviembre de 2020 cuando a pesar de haber sido sancionado con una multa por desobedecer la manda judicial antes mencionada y, a pesar de los rondines policiales dispuestos a favor de la víctima, el imputado nuevamente incumplió la orden judicial. Lo hizo presentándose en el domicilio de la mujer, luego de haberla seguido en un vehículo el día anterior.

- El tercero ocurrió el 15 de diciembre de 2020, cerca de las 9:50. A pesar de las medidas dispuestas, la multa y posterior arresto, y los rondines policiales, el imputado nuevamente incumplió la manda judicial de prohibición de contacto y abstención de actos perturbadores, intimidantes y molestos hacia la víctima. Puntualmente, volvió a contactarse de manera telefónica y luego le profirió amenazas de muerte a través de Facebook.

- El cuarto ocurrió el 19 de diciembre de 2020 cerca de la 1:00, cuando Otero incumplió por cuarta vez las medidas cautelares, acercándose a menos de 200 metros del domicilio de su expareja. Allí arrojó piedras y dañó el vehículo de una amiga de la mujer que se encontraba de visitas en el lugar.

- El acuerdo comprendió otro hecho que ocurrió el 5 de octubre de 2020 cerca de las 22:20 cuando el imputado amenazó a un hombre utilizando el mensajero de la red social Facebook.

 

El juez de garantías que intervino en la audiencia escuchó los alcances del acuerdo al que arribaron las partes y resolvió homologarlo. De esta forma, declaró la responsabilidad penal del imputado e impuso 2 años de prisión.

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