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Andrés Villar y María Cristina Villar fueron declarados responsables por haber mantenido de rehén a un defensor oficial durante 11 horas.
Regionales28/11/2021Por pedido de la fiscal del caso Laura Pizzipaulo y por unanimidad, Andrés Villar y María Cristina Villar fueron declarados responsables por haber mantenido de rehén a un defensor oficial durante 11 horas.
También a solicitud de la representante de la fiscalía, el tribunal que intervino en el juicio que concluyó hoy extendió la prisión preventiva de Andrés Villar por sesenta días. Consideró que, a la espera de la audiencia en la que se definirá la pena, persisten los peligros procesales de fuga y de entorpecimiento de la investigación que argumentó a fiscal.
Los hechos ocurrieron el 5 de marzo, en la ciudad de Zapala. Ese día, alrededor de las 8.50 de la mañana, Andrés Villar y su hermana, María Cristina Villar, ingresaron a la sede de la defensoría oficial de la ciudad de Zapala. Allí retuvieron ilegítimamente al defensor público Pablo Méndez durante once horas y diez minutos, con el objetivo de obligarlo a hacer una petición ante el Ministerio Público Fiscal para que se efectuara una nueva cámara gesell en un caso en el que el hombre había sido declarado penalmente responsable.
Según pudo probar la fiscal Pizzipaulo, quien intervino en el juicio junto a la asistente letrada Margarita Ferreyra, las dos personas planificaron su accionar y se repartieron tareas, utilizando un machete, una navaja, un palo y una cadena con candados. Intimidaron al defensor público y lo ataron a una silla para obligarlo a redactar un petitorio con diversos puntos.
El hecho concluyó luego de que se firmara un acta con doce puntos que llevó la firma del fiscal general José Gerez y del defensor general Raúl Caferra.
Durante el alegato de cierre del juicio, la fiscal del caso detalló el accionar violento y la planificación por parte de las dos personas que ahora fueron condenadas. “Privaron ilegítimamente de la liberad al defensor durante 11 horas y 10 minutos y, además, lograron sus propósitos: obligaron a la víctima y a terceros a cumplir con sus condiciones, que fueron varias y para cada uno de ellos”, apuntó Pizzipaulo.
El hombre y la mujer llegaron a juicio acusados por el delito de privación ilegítima de la libertad en grado de coautores (Artículos 142 bis primer párrafo y 45 del Código Penal).
Tras un cuarto intermedio, el tribunal condenó a Andrés Villar y a Cristina Villar por el delito de privación ilegítima de la libertad -secuestro coactivo- y prorrogó por sesenta días la prisión preventiva que el hombre viene cumpliendo desde el día en que ocurrieron los hechos.
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