
De esta manera, los incrementos alcanzan un acumulado del 200 % para el segundo trimestre del año para supervisiones; del 275% para gastos generales escolares y del 125% para talleres de escuelas técnicas.
Acusan a un hombre por golpear y lesionar a su expareja en la ciudad de San Martín de los Andes.
Regionales17/12/2021En una audiencia de formulación de cargos realizada el miércoles, la asistente letrada Inés Gerez acusó a un hombre, A.D.L, por golpear y lesionar a su expareja en la ciudad de San Martín de los Andes.
Los delitos que la funcionaria de la fiscalía le atribuyó al imputado son lesiones graves, agravadas por haber sido cometido contra quien se mantenía una relación de pareja, mediando violencia de género, en concurso real con lesiones leves, agravadas por haber sido cometido contra quien se mantenía una relación de pareja, mediando violencia de género, todo en calidad de autor (artículos 89, 90 y 92 en función del artículo 80 inciso 1 y 11, 45 y 55 del Código Penal).
De acuerdo con la investigación fiscal, el primer hecho ocurrió el 19 de junio de 2021, cuando A.D.L, discutió por celos con su expareja en la vivienda que compartían en un barrio de la ciudad de San Martín de los Andes. Luego de ello se retiró, regresó posteriormente e ingresó al domicilio tras romper la cerradura con un objeto. Una vez en el interior, el imputado golpeó a la mujer con el objeto que tenía en su poder y al ver que estaba presente el hijo de ambos, cesó la agresión (o dejó de agredirla).
El segundo hecho ocurrió el 26 de noviembre de 2021, cerca de la medianoche y en la misma vivienda. A.D.L le reprochó a la víctima con quién estaba cuando él había salido y porque no le contestaba el teléfono, mientras la golpeaba. El hijo mayor de la víctima, intercedió y le pidió al imputado que dejara de golpear a su madre, tras lo cual A.D.L, lo agredió. El niño se escapó y pidió ayuda.
Para asegurar los fines del proceso y la integridad física de la víctima, Gerez solicitó que se le imponga al imputado, por el término de cuatro meses, la prohibición absoluta de todo tipo de acercamiento, comunicación, perturbación, molestia, intimidación y actos de violencia hacia la víctima, ya sea personalmente, o a través de otras personas, directamente o a través de cualquier medio técnico, telefonía, mensajes de texto, redes sociales, correo electrónico etc. A.D.L, solo podrá comunicarse con la víctima por las situaciones relacionadas con la vigencia de contacto del imputado con el hijo en común que tienen ambos.
El juez de garantías a cargo de dirigir la audiencia avaló el requerimiento de la fiscalía y tuvo por formulados los cargos en los términos solicitados. Además, el magistrado fijó el plazo para realizar la investigación en cuatro meses, el mismo término que determinó para el cumplimiento de las medidas cautelares que solicitó la representante del Ministerio Público Fiscal.
De esta manera, los incrementos alcanzan un acumulado del 200 % para el segundo trimestre del año para supervisiones; del 275% para gastos generales escolares y del 125% para talleres de escuelas técnicas.
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