
Así lo aseguró el gobernador Rolando Figueroa. Remarcó la importancia de que “el poder tributario originario que tienen las provincias, vuelva a las provincias”.
Un tribunal de impugnación dispuso la realización de un nuevo juicio para determinar la responsabilidad de un hombre por el crimen de Eugenia Lucrecia Lescano, quien había sido su pareja.
Regionales05/05/2022A partir de la solicitud de la fiscal jefa Sandra González Taboada y el fiscal del caso Gastón Liotard, un tribunal de impugnación dispuso la realización de un nuevo juicio para determinar la responsabilidad de un hombre por el crimen de Eugenia Lucrecia Lescano, quien había sido su pareja.
El acusado es M.A.S, que desde 2012 y hasta febrero de este año estuvo prófugo, luego de que el Tribunal Superior de Justicia, en 2011, admitiera un recurso para revisar su absolución. El hombre fue capturado en Tucumán a partir del trabajo de la Policía de Neuquén, con la colaboración de personal de la fuerza de esa provincia.
Por pedido del fiscal del caso Liotard, M.A.S está detenido desde ese momento en prisión preventiva por existir peligro de fuga, a la espera de la realización de la audiencia ante el tribunal de impugnación, que de acuerdo con el sistema procesal penal vigente desde 2014, es quien debía tramitar el recurso admitido por el TSJ en 2011.
Durante esa audiencia, realizada el 22 de abril pasado, la fiscal jefa Sandra González Taboada y el fiscal del caso Gastón Liotard solicitaron la anulación de la sentencia que, dictada por la ex Cámara Multifueros de Cutral Co, absolvió a M.A.S por el beneficio de la duda.
Liotard argumentó que “los votos de los entonces integrantes de la Cámara no dieron razones de sus conclusiones”, que no indicaron “un camino lógico” y que, mediante “imprecisiones”, produjeron una “fractura en el razonamiento” del fallo. En esa misma línea se manifestó
González Taboada, quien habló de una “valoración parcial y sesgada” en el fallo, con fisuras y alejado de los lineamientos trazados por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará, 1994).
A partir de esos fundamentos y con la adhesión de la querella particular, el equipo fiscal solicitó la anulación de la sentencia dictada el 6 de septiembre de 2010.
Tras un cuarto intermedio, el tribunal de impugnación resolvió hoy hacer lugar a todos los pedidos de la fiscalía y ordenó, por unanimidad, disponer el envío del legajo para que se realice un nuevo juicio.
M.A.S fue acusado oportunamente por homicidio agravado por alevosía (artículo 80 inciso 2, del Código Penal). En la fecha de la acusación, aún no estaba contemplado en la legislación el agravante por femicidio.
En la audiencia, el fiscal del caso detalló al tribunal que el hecho ocurrió entre las últimas horas del 27 de junio de 2008 y mediodía del 16 de julio del mismo año, cuando se encontró el cuerpo de Eugenia Lucrecia Lescano, ya sin vida, a la vera de la ruta 237 y a 15 km de Villa El Chocón. Según la teoría de fiscal, cerca del 27 de junio, en una acción “planificada y con fines aparentes de insinuar deseos de reestablecer la relación”, M.A.S atrajo a la víctima, de la que se encontraba separado, la interceptó a la salida de su lugar de trabajo, y de manera “prepotente, intimidatoria y violenta”, la condujo a su domicilio. Allí, luego de infringirle un golpe en el rostro que le produjo un estado de inconciencia, y aprovechándose de esa indefensión, le realizó múltiples heridas con arma blanca que le produjeron la muerte. Tras ello, explicó Liotard, M.A.S trasladó el cuerpo al lugar donde fue hallado.
Así lo aseguró el gobernador Rolando Figueroa. Remarcó la importancia de que “el poder tributario originario que tienen las provincias, vuelva a las provincias”.
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