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Sandro Gustavo Codegoni fue declarado responsable por atropellar y matar a un comerciante que se encontraba en la puerta de su local en la ciudad de Neuquén.
Regionales18/09/2022Por pedido de la fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo, Sandro Gustavo Codegoni fue declarado responsable por atropellar y matar a un comerciante que se encontraba en la puerta de su local.
El tribunal colegiado dio a conocer este viernes la sentencia y declaró la responsabilidad penal por el delito de homicidio simple cometido con dolo eventual, en carácter de autor (artículos 79 y 45 del Código Penal), tal como lo solicitó la fiscalía. Lo hizo por mayoría.
El tribunal estuvo integrado por la jueza Laura Barbé y Marco Lupica Cristo, quienes emitieron el voto mayoritario. El voto en disidencia fue del magistrado Luis Georgetti, quien entendió que la calificación adecuada debía ser la de homicidio con culpa temeraria.
De esta manera la Oficina Judicial deberá fijar fecha y hora en la que se va a debatir la pena que tendrá que cumplir Codegoni.
Durante el alegato de clausura la fiscal del caso había explicado que el homicidio fue con dolo eventual y no culposo, o imprudente con temeridad como proponía la defensa. Añadió que en base a las pruebas producidas durante el juicio se acreditó que el 23 de octubre aproximadamente a las 21, el imputado dio muerte a Pedro Ariel Leiva, a quien embistió con su automotor. Y que ese vehículo fue utilizado “como una verdadera arma”. También aseguró que se acreditó que circulaba con una “graduación de nivel de alcohol superior a 2 gramos por litros de sangre y con cocaína”, indicó Titanti.
Los abogados querellantes particulares, quienes intervienen en representación de la familia de la víctima habían solicitado la declaración de responsabilidad penal por el delito de homicidio simple.
La teoría del caso que logró acreditar la fiscalía es que el hecho ocurrió el 23 de octubre, cerca de las 21, en la esquina de calles Intendente Carro y La Pampa de la ciudad de Neuquén. La teoría del caso que intentará acreditar el Ministerio Público Fiscal es que la víctima, Pedro Ariel Leiva, estaba en el frente de su comercio cuando S.G.C subió a la vereda con la camioneta Ford Eco Sport que conducía y lo embistió, provocándole la muerte.
En forma previa, el acusado había tenido una discusión con el conductor de una camioneta Fiat Estrada, a quien persiguió durante varias cuadras. Fue en ese contexto que circulaba a alta velocidad y perdió el control de su vehículo.
De acuerdo con las pericias realizadas una hora después del accidente, el imputado tenía alcohol en sangre y circulaba a una velocidad mínima verificada de 47 kilómetros por hora.
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