La AFIP y Gendarmería crearán unidades conjuntas de lucha contra delitos tributarios y contrabando

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Gendarmería Nacional firmaron un convenio para la creación de una Mesa de Trabajo Operativa con el objeto de llevar a cabo investigaciones conjuntas sobre delitos económicos y financieros.

Nacionales 08/02/2023
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La Mesa de Trabajo Operativa actuará como fuerza auxiliar en materia de delitos tributarios y aduaneros, la lucha contra el contrabando, el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

De la firma del acuerdo participaron el ministro de Seguridad, Aníbal Fernández; el titular de la AFIP, Carlos Castagneto; el director general de Aduanas, Guillermo Michel; la directora general de los Recursos de la Seguridad Social, Mara Ruiz Malec; y el director nacional de Gendarmería, Andrés Severino.

Además, estuvieron presentes el subdirector General de Coordinación Técnico Institucional de la AFIP, Juan Pablo Pérez Millan Barrenechea; el subdirector General de Fiscalización de la AFIP, Daniel Reposo; la secretaria de Seguridad y Política Criminal del Ministerio de Seguridad, Mercedes La Gioiosa; y el jefe de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Seguridad, Lucas Gaincerain.

El convenio incluye la creación de Unidades Conjuntas de Investigación y la implementación de nuevas formas de cooperación entre ambos organismos, utilizando la información financiera y patrimonial de relevancia que posee la AFIP y el amplio despliegue institucional y territorial de la Gendarmería.

El acuerdo establece también la conformación de una unidad de trabajo que estará compuesta por funcionarios de la Dirección de Investigación Financiera, dependiente de la Subdirección General de Fiscalización de la AFIP, y por representantes de la Subdirección de Delitos Económicos dependiente de la Dirección General de Inteligencia Criminal e Investigaciones, de Gendarmería.

Los datos personales que puedan o pudieran transferirse, lo serán de modo directo y serán los necesarios y pertinentes para la consecución de los objetivos de aquellas, bajo protección del secreto fiscal.

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