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El nuevo mínimo no imponible resultará de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023. La disposición queda sujeta a quienes perciban bonos por productividad, horas extras y antigüedad, lo que proporcionará una mejora salarial de hasta un 16%, informó Economía.
Nacionales12/05/2023El Gobierno formalizó este jueves el nuevo mínimo no imponible para el impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría que es de $ 506.230 mensuales brutos a partir de este mes, que beneficiará a 250.000 personas, y además ratificó la eximición de Ganancias a los adicionales salariales de más de 600.000 trabajadores que cobran estos conceptos, como bonos por productividad, horas extras y antigüedad, medida que fue elogiada por el titular de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Daer.
A través del decreto 267/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial, se determinó que por el nuevo piso de Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $ 506.230.
Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
La modificación realizada permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las Ganancias.
A través de la medida, se beneficiarán aproximadamente 250.000 empleados y empleadas en relación de dependencia.
El nuevo mínimo no imponible resultará de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023.
Desde enero de 2023 no pagaban el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $ 404.062.
El ministro de Economía, Sergio Massa, destacó que "junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: un beneficio para 600.000 empleados".
"Este nuevo alivio fiscal es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente", subrayó el ministro.
Por otra parte, un dictamen de la Subsecretaría de Ingresos Públicos estableció criterios generales sobre conceptos que pueden gozar de la exención en Ganancias, y que pueden dar lugar a deducciones.
Entre los conceptos que ya no pagarán Ganancias se encuentran bonos por productividad, por fallo de caja y conceptos de similar naturaleza; adicional por zona; asignación jerárquica por mayor responsabilidad, por especialización, guardia pasiva; movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas, y horas extras, adicionales por turno rotativo y similares; antigüedad, bonificación por eficiencia, gratificación y plus remunerativo.
La mejora salarial de bolsillo, según los rubros en los que se desempeñe cada empleado, será de hasta un 16%, según cálculos de Economía.
"Desde CGT celebramos la decisión del ministro (de Economía) Sergio Massa, de aclarar definitivamente que los adicionales salariales establecidos en los CCT (convenios colectivos de trabajo) que se vinculen a un aumento medible de la productividad no formarán parte de la base para el cálculo de Ganancias", destacó hoy el secretario general de la central sindical, Héctor Daer, en la red social Twitter.
Además, destacó que "esta medida responde a un pedido directo de CGT y es un avance más en la recomposición del valor de compra del salario de los trabajadores".
Por su parte, Economía puntualizó que, del total de 602.897 empleados beneficiados, 270.000 corresponden a la provincia de Buenos Aires, 75.000 a la Capital Federal, 48.800 a la provincia de Córdoba, 46.400 a la de Santa Fe, 21.600 a Mendoza, 15.300 a Entre Ríos, 14.300 a Tucumán, 12.707 a Neuquén, 11.800 a Chubut, 10.600 a Río Negro, 8.200 a Misiones, 7.400 a La Pampa y también a Salta, 7.200 a San Juan y también a Corrientes, 6.300 a San Luis, 5.500 a Jujuy, 5.000 a Formosa, 4.890 a Chaco, 4.400 a Catamarca y también a Santiago del Estero, 3.800 a Santa Cruz, y 3.600 a La Rioja.
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