
Así lo aseguró el gobernador Rolando Figueroa. Remarcó la importancia de que “el poder tributario originario que tienen las provincias, vuelva a las provincias”.
El hecho que intentará probar el Ministerio Público Fiscal en el juicio ocurrió el 1 de junio del año 2024, cerca de las 18:00 horas, sobre Ruta Nacional 40, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche.
Regionales31/12/2024Por pedido del fiscal del caso Adrián de Lillo, un conductor profesional acusado por haber causado la muerte de cuatro personas tras realizar una maniobra “imprudente y antirreglamentaria”, será juzgado por un tribunal colegiado.
El imputado es C.A.D.P.D.S y el delito que le atribuyó el representante de la fiscalía es homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales (artículos 84 bis segundo párrafo; 45 y 54 del Código Penal; y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo; 48 inciso “j”; y 50 de la Ley de Tránsito 24.449).
El hecho que intentará probar el Ministerio Público Fiscal en el juicio ocurrió el 1 de junio del año 2024, cerca de las 18:00 horas, sobre Ruta Nacional 40. El imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche y, en esas circunstancias, C.A.D.P.D.S, manejó el vehículo automotor bajo su mando en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, a raíz de lo cual generó un choque con otro vehículo.
De esta manera, creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada. El acusado concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario. Esa maniobra es la que, a criterio de la fiscalía, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de cuatro personas que circulaban en esta última. Las víctimas son Ezequiel Linares, Lisandro Linares, Taiel Linares y Martina Linares.
Los abogados particulares que intervienen como querellantes en representación de los familiares de las víctimas, adhirieron íntegramente al requerimiento efectuado por el representante del Ministerio Público Fiscal.
Durante la audiencia, la defensa requirió que se cambie la calificación legal y que se le otorgue a su defendido la posibilidad de acceder a una suspensión de juicio a prueba.
El juez de garantías Ignacio Pombo, que estuvo a cargo de la audiencia, rechazó el pedido de la defensa, resolvió elevar el caso a juicio de acuerdo al requerimiento fiscal y dio intervención a un tribunal colegiado.
De acuerdo con lo resuelto por el magistrado, en los próximos días la Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del debate sobre la responsabilidad penal del acusado.
Como C.A.D.P.D.S es de nacionalidad brasileña y en la audiencia de formulación de cargos no aportó un domicilio identificable, el fiscal había solicitado que quede detenido en prisión preventiva para garantizar el sometimiento al proceso. La jueza de garantías Bibiana Ojeda, que intervino en ese momento, no hizo lugar al planteo fiscal pero dictó la prohibición de salir del país y le ordenó al imputado que fije domicilio en la ciudad de Bariloche, con comparendos a una comisaría local.
Así lo aseguró el gobernador Rolando Figueroa. Remarcó la importancia de que “el poder tributario originario que tienen las provincias, vuelva a las provincias”.
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