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Acusaron a dos varones por tener estupefacientes para su comercialización en la ciudad de Neuquén.
LocalesEn dos audiencias realizadas en forma continua, la fiscal del caso Silvia Moreira y el asistente letrado Pablo Jávega acusaron el jueves a dos varones por tener estupefacientes para su comercialización. Además, para cada uno de los imputados requirieron distintas medidas de coerción.
El primero de los casos se produjo al requisar una riñonera que tenía el acusado, tras ser trasladado a una comisaría por intentar escaparse de la policía. El segundo surgió a partir de un allanamiento realizado en Senillosa, en el marco de una investigación de otra fiscalía.
Primer caso
En la primera audiencia, los representantes del Ministerio Público Fiscal acusaron a un varón, L.M.E.H, por tener clorhidrato de cocaína para comercializar. Ocurrió el 22 de abril, cuando el acusado circulaba a bordo de una motocicleta sin chapa patente por la calle Necochea, en la zona Oeste de la ciudad de Neuquén. Por la ausencia de identificación del rodado, efectivos a bordo de un móvil policial le dieron la orden de alto y, ante la negativa, lo persiguieron por aproximadamente cinco cuadras. Luego, el imputado dejó la moto tirada e intentó fugarse a pie, pero fue aprehendido. Durante el procedimiento golpeó a una mujer policía, por lo que fue trasladado a la Comisaría 18.
Una vez en la unidad de detención, y en el marco de la investigación del caso, la fiscalía le requirió a una jueza de garantías una autorización para realizar una requisa y fue a partir de esa medida que se verificó que, en el interior de la riñonera, L.M.E.H tenía 289 gramos clorhidrato de cocaína en una bolsa y 1,2 gramos de la misma droga en un papel, además de una balanza digital en funcionamiento, $79 mil en efectivo, un teléfono y tres tarjetas de billeteras virtuales a su nombre.
Durante la audiencia, la fiscal del caso le imputó el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de autor (artículos 5 inciso “c” y 34 de la ley 23.737, en función del artículo 1 de la Ley 3.488; y artículos 45 y 77 del Código Penal).
Cómo medida cautelar, Moreira y Jávega requirieron que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva por cuatro meses. Argumentaron que es un hecho grave, a partir de la cantidad de droga que tenía el imputado; y que existe riesgo de no sometimiento al proceso, a partir de la conducta desplegada durante el hecho.
La jueza de garantías Carina Álvarez, quien estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de la fiscalía. De esta manera, tuvo por formulados los cargos y fijó la prisión preventiva por cuatro meses. Además, la magistrada estableció el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.
Segundo caso
En la segunda audiencia, los representantes del MPF acusaron a otro varón, J.L.E.M, por tener estupefacientes para comercializar en su domicilio de la ciudad de Senillosa.
El hecho que le atribuyeron ocurrió que el 23 de abril, cerca de las 8:40, cuando se llevó a cabo un allanamiento en su casa, autorizado por una jueza de garantías y realizado en el marco de una investigación por tenencia ilegal de arma de fuego que tramita en la unidad fiscal de Actuación Genérica.
En el operativo, la Policía provincial le secuestró al imputado una balanza de precisión en funcionamiento; tres balanzas genéricas; 49 envoltorios de nylon con clorhidrato de cocaína por un total de 40 gramos; una bolsa de nylon con clorhidrato de cocaína por un peso total de 20,6 gramos; una bolsa con 256 gramos de cogollos de Cannabis Sativa; otra bolsa con 15 gramos de cogollos de Cannabis Sativa; y un cigarro artesanal de Cannabis Sativa de 1,9 gramos de peso.
El delito que le imputaron a J.L.E.M es tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de autor (artículos 5 inciso “c” y 34 de la ley 23.737, en función del artículo 1 de la Ley 3.488; y artículos 45 y 77 del Código Penal).
Cómo medida cautelar, Moreira y Jávega requirieron que dicte la prisión preventiva del imputado a partir de que en el caso hay riesgo respecto de la integridad física de la víctima del legajo que originó el allanamiento, y se dan los peligros procesales de entorpecimiento de la investigación y de fuga.
La jueza de garantías Carina Álvarez, quien estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de la fiscalía y tuvo por formulados los cargos. En relación con la medida de coerción, la magistrada confirmó que los riesgos procesales que se verifican son el entorpecimiento de la investigación, dada la posibilidad del acusado de influenciar a una testigo; y de fuga.
Sin embargo, la jueza rechazó la prisión preventiva, ya que consideró que, para mitigar el peligro de entorpecimiento basta con la imposición de una prohibición de acercamiento a menos de 300 metros y de contacto respecto de la testigo; y que el riesgo de fuga se puede controlar con presentaciones semanales ante la comisaría más cercana. Ordenó que las medidas cautelares estén en vigencia por los próximos 4 meses.
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