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Será hasta el 19 de abril y es válida por persona. La Guía Forestal Única es el documento que autoriza la recolección de semillas.
Energía y Minería05/03/2020La subsecretaría de Producción, dependiente del ministerio de Producción e Industria, dio a conocer que por resolución 057/20 quedó habilitada la temporada de recolección de piñones. Estará habilitada hasta el 19 de abril.
La recolección será válida por persona y está prohibida la guía por grupo familiar. Además se emitirán guías para consumo a miembros de comunidades mapuche y pobladores rurales de los parajes habilitados.
Sobre el aforo se detalló que en el caso de los bosques de propiedad fiscal se habilita hasta 30 kilos por persona por temporada y el valor es de 32 pesos por kilo, más el derecho de inspección que es de cinco pesos por kilo.
En cuanto a bosques de propiedad privada, se habilita hasta 30 kilos por persona por temporada con un valor por derecho de inspección de cinco pesos por kilo. En relación con los comercios, el valor es de 55 pesos por kilo y ocho pesos el derecho de inspección.
Zonas habilitadas
Las zonas habilitadas para la recolección son en el Departamento Aluminé, los parajes Cochico, Kilka, Lonco Luan, Cuenca del Litrán, Paso del Arco, y Sainuco; en tanto en el Departamento Pincunches el paraje Pino Hachado, y en el Departamento Loncopué, Cajón del Chenque Pehuén.
En Áreas Naturales Protegidas (Caviahue- Copahue, Chañy y Batea Mahuida) sólo se extenderán Guías para consumo a pobladores residentes de estos parajes, estando vedada la comercialización.
Las Guías Forestales Únicas serán extendidas las Agencias de Producción de Loncopué, Aluminé, Zapala, Junín de los Andes, Villa Pehuenia y en la dirección general de Recursos Forestales de San Martín de los Andes durante los días hábiles, en horario administrativo.
Consideraciones
La recolección sólo está permitida en lugares que estén a más de mil metros de donde haya pobladores establecidos. Se prohíbe la recolección en zonas que hayan sufrido incendios.
Sólo está permitido recolectar las semillas que estén en el suelo. Se prohíbe el uso de herramientas que dañen las plantas como lazos, piedras, cadenas, armas de fuego, palos, etc.
Los miembros de las comunidades mapuche y los pobladores de bajos recursos quedan exentos del pago de aforo, para lo cual se debe presentar documentación que lo acredite.
Cabe destacar que la Guía Forestal Única es el documento que autoriza la recolección de semillas. Las oficinas para su tramitación son la Dirección de Recursos Forestales localizada en San Martín de los Andes y las Agencias de Producción de Loncopué, Aluminé, Villa Pehuenia, Junín de los Andes y Zapala.
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