Aplican la Ley 3234 y extienden preventiva a acusado de homicidio

Se prolongó por seis meses la prisión preventiva de un hombre acusado por el homicidio de Daniel Ernesto Rodríguez, cometido en julio del año pasado en la ciudad de Neuquén.

Locales10/07/2020
Ministerio

Por pedido del fiscal jefe Juan Agustín García y de la fiscal del caso Eugenia Titanti, se prolongó por seis meses la prisión preventiva a M. E. M, un hombre que fue acusado por el homicidio de Daniel Ernesto Rodríguez, cometido en julio del año pasado en la ciudad de Neuquén.

Ambos representes del Ministerio Público Fiscal hicieron el planteo ante un tribunal revisor, que por mayoría resolvió prolongar la medida de coerción con el argumento del fiscal jefe y de la fiscal del caso: está vigente la Ley provincial 3234, que fue impulsada por el fiscal general José Gerez y sancionada por la Legislatura en junio pasado. Esta norma estableció la extensión excepcional de la prisión preventiva por un plazo de hasta nueve meses para aquellos casos “en que los juicios no se hayan realizado, o no se puedan realizar, por encontrarse suspendida la realización de audiencias de juicio, debido a la emergencia sanitaria dispuesta a causa de la pandemia del COVID-19”. Hoy, la norma se aplicó por primera vez. 

Al avalar el pedido de García y Titanti, el tribunal revisor con el voto mayoritario del juez Lucas Yancarelli y de la jueza Carolina García, dejó sin efecto la declaración de “inconstitucionalidad” de la Ley 3234 que había realizado ayer por la tarde el juez de garantías Gustavo Ravizolli. En disidencia, votó el otro juez integrante del tribunal revisor, Dardo Bordón. 

Al mismo tiempo, el tribunal revisor revocó la prisión domiciliaria del imputado que había resuelto el juez de garantías. Esta medida fue reemplazada por la extensión de la prisión preventiva por un plazo de seis meses, tal como lo requirió el fiscal jefe y la fiscal del caso. 

Durante la audiencia realizada por la mañana mediante Zoom, el fiscal jefe cuestionó la declaración de inconstitucionalidad de ayer porque “la decisión del juez de garantías padece de serios vicios”. Y puntualizó que esa decisión por un lado careció de fundamentación, y por otro aplicó erróneamente la Ley. 

Sobre este escenario, García remarcó que “el problema está en la interpretación que hizo el juez de diversa doctrina”, y que el razonamiento que aplicó fue “antojadizo” y “contradictorio”.   

En simultáneo criticó que ayer el magistrado de garantías haya intimado a la Oficina Judicial a realizar el juicio, en un contexto donde los juicios penales están suspendidos por la situación de pandemia actual, y en la que aún se trabaja en un protocolo que tenga la aprobación de las autoridades de Salud de la provincia para poder desarrollarlos. 

Con estos argumentos, entre otros, solicitó al tribunal revisor que revoque la decisión del juez de garantías, que se deje sin efecto la declaración de inconstitucionalidad, que se deje sin efecto la prisión domiciliara otorgada al acusado y que se haga lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal de prorrogar la prisión preventiva por un plazo de seis meses, esto último por existir riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación. 

A este requerimiento, adhirió el abogado querellante que representa a la familia la víctima.  

La decisión del juez de garantías de declarar la inconstitucional de la Ley 3234 “no se adecua a esta nueva normativa que es totalmente válida”, planteó el tribunal en el voto mayoritario. "Aplicó erróneamente la Ley (el juez de garantías)", indicó. 

La teoría del caso del Ministerio Público Fiscal es que el hecho ocurrió el 9 de julio de 2019. Alrededor de las 6 de la mañana, asesinó a Ernesto Daniel Rodríguez en la intersección de las calles Santa Cruz y Montevideo. La víctima estaba en la calle, a metros de su vivienda sobre Montevideo. Allí, el imputado lo agredió con un pedazo de concreto de cordón cuneta. La víctima cayó al piso, donde continuó golpeándolo con ese elemento en la cabeza hasta provocarle la muerte por traumatismo craneoencefálico grave.

Luego, M. E. M, se fue del lugar a pie y la víctima quedó tendida en la vereda. El acusado después se dirigió hacia un local comercial de calle Bahía Blanca, el que funciona un minimercado.  Rompió un vidrio del frente y robó distintos elementos. Una vecina lo vio y advirtió a la Policía, que lo detuvo en el lugar.

El delito que se le imputó fue homicidio simple en concurso real con robo simple en grado de tentativa, ambos en calidad de autor (artículos 79, 164 y 42 del Código Penal).

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