Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en Argentina.
El etiquetado frontal es una herramienta útil para el consumidor
La Cámara de Diputados retomó las audiencias en relación al proyecto de ley que obliga a la industria de la alimentación a incluir en los envases de sus productos un etiquetado frontal con octógonos negros en el que advierta sobre los excesos de azúcares, sodio, de grasas saturadas y totales, y cantidad de calorías.
Nacionales07/03/2021El etiquetado frontal de alimentos es una herramienta eficaz para comunicar de forma sencilla el contenido de nutrientes del alimento y llamar la atención sobre altos contenidos.
En la actualidad el tema se discute en diversos ámbitos: en el Mercosur, el Ministerio de Salud de la Nación ha presentado su propuesta para un etiquetado frontal de advertencia con parámetros fijados en gramos por 100 g o 100 ml, idénticos a los que hoy se exigen en Chile, si bien ha propuesto que la medida se lleva acabo en dos etapas.
Al mismo tiempo el proyecto de Ley de Promoción de la Alimentación Saludable a consideración de la Cámara de Diputados contiene una definición sobre la gráfica frontal (un octógono negro) e incluye parámetros para determinar cuando se hace obligatorio el uso del sello de advertencia que están basados en el modelo de perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), tal el caso de México, único país que lo ha puesto en practica. Este modelo se basa en el aporte calórico de los nutrientes: grasas saturadas, grasas totales y azúcares en relación al valor calórico total del alimento o bebida. Este coeficiente de calorías que no debe sobrepasar el 10% en el caso de azúcar y grasas saturadas y no más del 30% en el caso de grasas totales, conduce a un grave error en la información que genera en la etiqueta frontal. Esto se debe a que aquellos alimentos que, por ejemplo, contengan como nutriente preponderante azúcar, al reformularse para contener menos azúcar, tendrán a la vez menos calorías, y consecuentemente se mantendrá el sello. Reformular con este contexto se hace imposible.
Hoy pueden verse en los anaqueles de los supermercados mexicanos, que productos con 2 g de azúcar, pero de pocas calorías por 100 g, exhiben un sello de "exceso de azúcares" cuando en realidad el alimento es bajo en azúcares; un flagrante engaño al consumidor.
Por lo tanto, la comunidad científica de la Argentina está apelando a los honorables diputados para que convoquen a mas expertos en alimentos lo que les permitirá tomar una decisión acertada eligiendo parámetros como los de Chile y que además acompañen la propuesta oficial de la Argentina en el concierto del Mercosur.
Es importante destacar que un beneficio adicional del etiquetado frontal es impulsar a la industria productora de alimentos y bebidas a reformular sus alimentos de modo de mejorar su composición nutricional. Esto solo será posible con los parámetros de Chile que la Argentina ha presentado ya en Mercosur.
De ese modo contaríamos con un etiquetado frontal que efectivamente reflejaría el contenido real de nutrientes en el envase. Es de importancia resaltar que Chile ha sido pionero en la región con el etiquetado frontal de advertencia que hoy es ampliamente reconocido a nivel internacional. Lo que aún queda por ver es si este tipo de etiquetado frontal servirá para que los consumidores elijan alimentos de mejor composición nutricional que les permita llevar adelante una dieta adecuada.
Por Susana Socolovsky, Dra. en Ciencias Químicas de la UBA y científica especializada en alimentos, presidenta saliente de la Asociación Argentina de Tecnólogos Alimentarios.
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