
El fiscal del caso Andrés Azar formuló cargos a un hombre a quien le atribuyó haber asesinado de un disparo a un adolescente menor de edad en el barrio Confluencia de la ciudad de Neuquén.
Un hombre fue declarado responsable y condenado a 10 meses de prisión condicional por haber golpeado a su expareja en la ciudad de Neuquén.
LocalesMediante acuerdo pleno, un hombre fue declarado responsable y condenado a 10 meses de prisión condicional por haber golpeado a su expareja en la ciudad de Neuquén.
El acuerdo fue realizado ayer y comprendió a V.D.S. Al momento de comenzar el juicio para determinar la responsabilidad, la defensa del acusado requirió la aplicación de la suspensión de juicio a prueba, una medida que se aplica en casos con penas de menos de tres años de prisión. La fiscal del caso Carolina Mauri junto la abogada querellante, se opusieron al pedido porque, como detalló Mauri, la víctima rechazaba esa posibilidad para solucionar el conflicto, y planteó la necesidad manifestada por la mujer de ser protegida por el Estado y que esperaba la aplicación de una sanción penal. La suspensión de juicio a prueba “no cumple la necesidad de la víctima”, indicó la fiscal del caso.
La jueza de garantías que intervino en la audiencia avaló el requerimiento de las partes acusadoras.
Posteriormente, la representante del Ministerio Público Fiscal, la querella y la defensa explicaron que habían llegado a un acuerdo de responsabilidad y pena. En ese contexto se acordó la responsabilidad penal del imputado por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en carácter de autor (artículos 89, 92 en función del 80 inciso uno y once y 45 del Código Penal).
El acuerdo además determinó la pena de 10 meses de prisión condicional y que por el plazo de dos años, el imputado cumpla las siguientes reglas de conductas: no consumir en exceso bebidas alcohólicas ni estupefacientes; tiene la obligación de mantener el domicilio; asistir cada tres meses al control de población judicializada; debe cumplir la prohibición de acercarse al domicilio de la víctima y de mantener cualquier tipo de contacto, así como también de ejercer cualquier acto de violencia y/o perturbación; y tendrá que realizar un tratamiento psicológico o concurrir al centro de asistencia al varón.
Para el acuerdo se tuvo en cuenta el comportamiento procesal del imputado, la aceptación de responsabilidad por el hecho y la carencia de antecedentes penales.
El imputado aceptó la responsabilidad y pena acordada y renunció a los plazos de impugnación.
La jueza de garantías homologó el acuerdo presentado en todos sus términos.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal es que el hecho ocurrió el 8 de febrero de 2020 a las 19:30, en un domicilio ubicado en la ciudad de Neuquén. Esa tarde el hombre llegó al lugar y pese a la restricción de acercamiento, se abalanzó sobre la mujer, la sacó del domicilio, la tiró al suelo y comenzó a golpearla. Producto de los golpes, la víctima sufrió lesiones que le provocaron una inutilidad para trabajar.
En esa línea, la fiscal aseguró que no fue un hecho aislado, sino que se produjo en un contexto de violencia de género. Además agregó que la mujer ya había denunciado otros hechos en el fuero de Familia.
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