El ministro Jefe de Gabinete aseguró que Neuquén cuenta con “una oportunidad” y que los recursos deben volcarse “al desarrollo equilibrado”. Destacó la relevancia de la planificación y afirmó que “hay un cambio de época para la provincia”.
Imponen pena efectiva por caso de abuso sexual ultrajante
Un varón fue condenado a 8 años y 8 meses de prisión por haber abusado sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar en Zapala.
Regionales31/07/2024Por pedido de la fiscal del caso Laura Pizzipaulo, un varón fue condenado a 8 años y 8 meses de prisión por haber abusado sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar.
Se trata de G.A.V, quien el pasado 18 fue declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, en modalidad continuada y agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años, en calidad de autor (artículos 119, segundo y cuarto párrafo, inciso “f”; y 45 del Código Penal).
Al momento de requerir la pena, la fiscal indicó que para arribar al monto que solicitó partió del mínimo de 8 años previsto para el delito por el que se había declarado la responsabilidad. Entre los agravantes a considerar, tuvo en cuenta que se trató de un delito continuado; la afectación a la integridad de la niña; la vulnerabilidad; la asimetría con su agresor y la extensión del daño causado. Como único atenuante, mencionó la falta de antecedentes penales.
En ese contexto, Pizzipaulo requirió la pena de 9 años y 6 meses de cumplimiento efectivo y que la víctima sea informada del proceso de ejecución. También requirió que se mantengan las prohibiciones de acercamiento en un radio de 100 metros de la víctima y de contactarse por sí o por terceros, mediante cualquier medido.
Por su parte, la defensa requirió 8 años de prisión.
El tribunal colegiado, integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Nazareno Eulogio y Diego Chavarría Ruiz, resolvió por unanimidad imponer a G.A.V la pena de 8 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo. Asimismo, ordenó la extensión de las medidas cautelares requeridas por el plazo de 90 días.
Hecho
La teoría del caso que logró acreditar el Ministerio Público Fiscal ocurrió en periodo incierto, pero ubicable entre diciembre de 2010 y diciembre de 2012, en una vivienda familiar ubicada en la ciudad de Zapala. El condenado abusó sexualmente de la víctima en distintas oportunidades, aprovechando los momentos de convivencia.
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