Con acuerdo, finalizó la negociación paritaria de Salud

Representantes de distintos gremios y del Ejecutivo definieron modificaciones al Convenio Colectivo para el personal dependiente del Sistema Público Provincial de Salud.

Regionales14/11/2024
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Representantes del Ejecutivo y los gremios acordaron este miércoles modificaciones al Convenio Colectivo para el personal dependiente del Sistema Público Provincial de Salud- Ley 3118 modificada por la ley 3408. Con la firma del texto, en la que participó el ministro de Trabajo Lucas Castelli, la subsecretaría de Trabajo homologará los cambios y después lo enviará a la Legislatura para su aprobación. La intención es que entre en vigencia a partir del 1º de enero de 2025.

Las partes acordaron reconocer al personal convencionado con cinco años de prestación efectiva en el Sistema Público de Salud -cumplidos al 31 de diciembre de 2024-, quienes accederán al nivel inmediato superior de manera extraordinaria.

Según consta en el texto, se respetarán las siguientes condiciones: solo alcanzará al personal convencionado, deberá tener una antigüedad de cinco años en el sistema de salud con prestación efectiva y no se completará la antigüedad bajo otra figura. Finalmente detalla que “los cargos de conducción convencionados y definidos en el Decreto 696/18, serán contemplados en dicho beneficio”.

En otro orden detalla que “se revisarán aquellas situaciones puntuales que, por distintas razones, no hayan sido analizadas por la CIAP en los tiempos de impugnación establecidos en el procedimiento del artículo 13 de la Ley 3118 y serán excepcionalmente encasillados, en caso de corresponder, a partir del 1º de enero de 2025”.

Arraigo

Un punto importante del acuerdo alcanzado tiene que ver con los cambios planteados en las bonificaciones del CCT de Salud. Entre ellos, la bonificación de arraigo y también una nueva bonificación de Enfermería. Los administrativos que tenga una jornada laboral general, de 40 horas semanales efectivas, percibirán un adicional equivalente al 15% calculado sobre el básico de la categoría AD1.

En lo que respecta al arraigo, se amplía el beneficio a todos los trabajadores del Agrupamiento Profesional con dedicación exclusiva que cumplan una jornada laboral de 40 horas semanales efectivas, incluyendo a quienes estén radicados en lugares no contemplados originalmente.

También el beneficio alcanzará a quienes, cumpliendo esa jornada laboral y sin percibir dedicación exclusiva, tendrán derecho a una bonificación equivalente al 50% de la categoría PF5. Se excluye a los profesionales con Cargos de Conducción y los profesionales alcanzados por la Ley 3438 de Residencias médicas.

Acuerdos alcanzados

Se incorpora expresamente el régimen de tiempo parcial como nuevo artículo 32°. Es una modalidad de trabajo optativa para el agrupamiento profesional médico, odontólogos y afines que preste funciones en un efector de salud, que implica una jornada de 30 horas semanales de lunes a viernes efectivas. Opcionalmente y por necesidades de servicio, podrá realizar actividades extraordinarias, por fuera de su jornada habitual efectiva cumplida. El trabajador bajo esta modalidad no percibirá el ítem de dedicación exclusiva. Quien cumpla dicha modalidad tendrá un salario básico equivalente al proporcional de su carga horaria.

En relación a la antigüedad del nuevo personal, se establece una cláusula de ingreso según la cual se tomará -a los efectos de la determinación del nivel a asignar- la antigüedad del mismo en el Sistema Sanitario Público o privado Nacional o Provincial.

Se amplían los beneficiarios de la licencia profiláctica, siendo posible su uso y goce para todos los trabajadores del sistema y no solo quienes presten servicios en efectores de salud (Hospitales, Centros de Salud, Postas Sanitarias).

El valor de la guardia es el mismo sin distinguir el número/cantidad de guardias que el trabajador realice durante el periodo a liquidar. Para su nuevo cálculo se realizó un promedio de la clasificación de valor anterior lo cual da como resultado un aumento.

Aumenta 10% el coeficiente para el cálculo y el pago de la bonificación por responsabilidad funcional por conducción.

De la mesa por parte del Poder Ejecutivo, participaron Marcelo Pizarro, Macarena Costa, Natalia Puppio, Susana Filipponi, Edgardo Iñiguez y Romina Villegas. En tanto por la parte gremial de ATE, lo hizo Juan Millapán, Mauro Olivera, Valeria Cid, Telma Martínez y Alfredo Fraccaroli. Por UPCN, participaron Marcia Gómez y Alejandro Maranzana. Por parte de la subsecretaría de Trabajo, asistieron Vanesa Sepúlveda y Laura Paine.

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