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Solicitaron que un varón que está en prisión preventiva desde abril del año pasado, sea juzgado por un jurado popular, acusado por haber matado a una persona para intentar ocultar que le había robado.
Regionales06/03/2025Durante una audiencia realizada este miércoles, la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Guadalupe Inaudi solicitaron que S.A.R.U, un varón que está en prisión preventiva desde abril del año pasado, sea juzgado por un jurado popular, acusado por haber matado a una persona para intentar ocultar que le había robado.
La solicitud para que intervenga un tribunal conformado por ciudadanas y ciudadanos tiene que ver con que la fiscalía pretenderá una pena superior a los 15 años de prisión.
Las representantes del Ministerio Público Fiscal indicaron que el acusado cometió el crimen el 19 de abril de 2024 en un barrio de Centenario. Fue en la casa de la víctima, Juan José Ramón Racco, quien cerca de las 9:30 permitió que el acusado ingresara, ya que lo conocía. En ese contexto, S.A.R.U extrajo un cuchillo y le realizó aproximadamente 50 lesiones cortantes, para luego golpearlo en la cabeza y provocarle un traumatismo de cráneo severo que, finalmente, le causó la muerte.
A partir de ahí, el imputado sustrajo un circuito de video cámaras que estaba instalado en la casa, una notebook, el teléfono celular de la víctima y su billetera, que contenía documentación personal y tarjetas. En los días posteriores, S.A.R.U utilizaría las tarjetas bancarias para realizar distintas operaciones.
Una vez que tomó los elementos del robo, el imputado se retiró del lugar, cerró la puerta de acceso a la vivienda con llave y puso un candado en la reja de ingreso al terreno. Recién el 7 de mayo, ante la falta de respuesta ante los llamados, el propietario de la vivienda que alquilaba Racco fue al lugar y lo encontró tendido en el suelo.
La fiscal Sola le atribuyó los delitos de robo agravado por uso de arma, homicidio criminis causa y estelionato, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 80 inciso séptimo, 163 inciso noveno, 166 inciso segundo, 45 y 55 del Código Penal).
Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Gustavo Ravizzoli tuvo por controlada la acusación y habilitó el pase a la etapa de juicio, que será, tal como lo solicitaron Sola e Inaudi, bajo la modalidad de Jurados Populares.
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