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El Gobierno oficializó hoy, a través de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la extensión del distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) hasta el 11 de octubre, para mitigar los efectos de la pandemia de coronavirus.
Nacionales20/09/2020De acuerdo al DNU 754, firmado por el presidente Alberto Fernández y los ministros y publicado hoy en el Boletín Oficial, el ASPO continuará aplicándose en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Bahía Blanca y Tandil.
También regirá en los departamentos jujeños de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro, además del departamento Capital de la provincia de La Rioja.
El ASPO se aplicará asimismo en los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en la provincia de Río Negro; en los departamentos de General José de San Martín, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera, Orán y Capital de la provincia de Salta.
También en el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos, de Santa Cruz; en los departamentos de Capital y Banda, en Santiago del Estero, y en el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego.
En tanto, las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio (DISPO), con las mismas condiciones que hasta la actualidad, regirán en el resto de los distritos del país.
El DISPO se sigue aplicando en aquellas jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta con "capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria", el tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 no es inferior a 15 días y no están definidas por la autoridad sanitaria nacional como poseedoras de "transmisión comunitaria" de coronavirus.
Los gobiernos provinciales continúan manteniendo la facultad para, en caso de detectar situaciones de riesgo de propagación, disponer el aislamiento preventivo por un plazo máximo de 14 días para aquellas personas que ingresen de otras jurisdicciones.
Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes, las autoridades provinciales "podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del ASPO y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas".
Para eso, "deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial e implementar un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional".
El Gobierno había anunciado la extensión del ASPO el pasado viernes a través de un mensaje enviado por redes sociales, oportunidad en que la Casa Rosada advirtió que "la pandemia no permite descuidos".
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