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La Cámara de diputados y diputadas de la provincia del Neuquén sancionó este jueves la Ley Orgánica Notarial -Nº 3264- que establece un marco regulatorio para el ejercicio de la función notarial y la profesión de escribano y escribana. También agrega otros 26 registros en toda la provincia.
Regionales06/11/2020La norma que regulará la actividad de los registros notariales y de los profesionales titulares y adjuntos incorpora, además, la representación de género y minorías en la administración del Colegio de Escribanos y Escribanas; establece concursos de oposición y antecedentes para acceder a un registro; y obliga a sus titulares y adscriptos a realizar al menos dos cursos de actualización al año que serán oblados por el colegio profesional.
Por otro lado, los registros que se incorporarán a partir de la Ley Orgánica Notarial estarán ubicados en la localidad de El Chocón (un registro) y en Añelo (un registro). También agrega uno en Villa la Angostura, uno en San Martín de los Andes, dos en Plottier, dos en Centenario, uno en Zapala y 17 en la ciudad de Neuquén que tendrá un total de 50 registros.
La diputada María Laura du Plessis (MPN) detalló que la ley establece, a su vez, que será el Poder Legislativo quien tendrá la facultad de crear nuevos registros y determinar su asiento toda vez que lo considere necesario y añadió que también podrán ser propuestos por el Colegio de Escribanos a la Comisión Especial creada al efecto, que se reunirá cada cinco años para evaluar la necesidad de nuevos registros según el número de habitantes y el tráfico escriturario de las localidades.
Al actuar como miembro informante en la reunión de la Cámara el día de de ayer, du Plessis explicó que se tomó como base la propuesta realizada por el Colegio de Escribanos y que la misma “se modernizó incorporando nuevas instituciones para regular el colegio al establecer una periodicidad en el mandato, incorporar la representación de las minorías y de género, y dar voz y voto a los escribanos adscriptos”.
La legisladora también destacó la incorporación de los concursos de oposición y antecedentes para acceder a un Registro notarial porque “garantizan la igualdad en la participación” y señaló que las convocatorias para cubrir los nuevos registros deberán ser realizadas en un plazo de 60 días de promulgada la ley.
También explicó que se mantuvo la terna que el Colegio de Escribanos debe elevar con los tres mejores resultados del concurso “para que el Ejecutivo, en representación del Estado, tenga la posibilidad de ejercer discrecionalidad y pueda designar a quien considere que reúne las mejores condiciones para cada Registro”.
A su turno, Carlos Coggiola (PDC) recordó que desde los ’90 cuando Neuquén tenía la mitad de la población que tiene hoy no se crean nuevos registros y que, con esta ley, “se cumple el primer objetivo de incorporar 26 nuevos registros a lo largo y ancho de toda la provincia”.
Señaló además que durante el debate se incorporaron proyectos que “lejos de limitarse a la creación de registros, producen un cambio significativo muy importante en el régimen notarial de la provincia de Neuquén” y señaló que la incorporación de algunos institutos redunda en un régimen más democratizado “que tiene en cuenta a todos los actores y que no deja en criterio de los propios interesados la creación de más registros sino que la Legislatura reasume esta facultad”.
Desde el Frente de Todos, Darío Peralta explicó su voto negativo al considerar que con esta ley “estamos perjudicando a los adjuntos que por ley tienen las mismas responsabilidades que los titulares pero le damos una categoría menor a la hora de poder tomar las riendas de esa escribanía”.
Su par de bancada, Sergio Fernández Novoa consideró, además, que la cantidad de registros notariales que se incorporan con esta ley no son suficientes y calculó en 75 los registros que se requieren en toda la provincia.
A la hora de la consideración en particular del articulado de la Ley, la diputada du Plessis advirtió la incorporación de algunas modificaciones y agregados que, entre otras cuestiones crea la figura del escribano regente interino que se dará por un año al adscripto de mayor antigüedad de un registro en que se produce una vacancia por muerte, renuncia o jubilación de su titular.
También se incorpora a las atribuciones del Colegio de Escribanos la de dictar el reglamento de concursos y oposición y se expresan los plazos en que los mismos deben ser convocados.
En el mismo orden, los diputados y diputadas sancionaron las leyes (Nº 3265 y Nº 3266) que crean el Registro Público de Contratos de Fideicomiso, y el Registro de Revocaciones de Poderes que funcionarán en el ámbito del Colegio de Escribanos de la provincia del Neuquén.
Hizo lo propio con la ley Nº 3262 que declara Capital Provincial del Senderismo de Montaña la localidad de Huinganco; y la Nº 3263 que crea la Red Provincial ACV, el Registro Único de Establecimientos Sanitarios Públicos y Privados especializados en el tratamiento del ACV, y el Registro Único Provincial de Pacientes Víctimas del ACV.
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