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Un hombre será juzgado ante un tribunal colegiado por abusar sexualmente de una niña entre 2004 y 2008. Los hechos ocurrieron en la ciudad de Neuquén cuando la niña quedaba al cuidado del imputado.
LocalesPor pedido del fiscal del caso Andrés Azar, un hombre, A.R.P, será juzgado ante un tribunal colegiado por abusar sexualmente de una niña entre 2004 y 2008. Los hechos ocurrieron en la ciudad de Neuquén cuando la niña quedaba al cuidado del imputado.
El delito por el cual el acusado irá a juicio es abuso sexual gravemente ultrajante agravado –continuado- agravado por la guarda momentánea en carácter de autor (artículos 119, párrafos segundo y cuarto inciso “b”, 45 Y 55 del Código Penal).
Como la expectativa de pena para el tipo de delito atribuido es superior a tres años de prisión, el fiscal Azar requirió que intervenga un tribunal colegiado para juzgar el caso.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal, los hechos ocurrieron en fechas indeterminadas pero en el período de tiempo comprendido entre marzo del año 2004 y marzo del 2008, cuando la víctima tenía entre 8 y 12 años de edad. Los ataques sexuales sucedieron en el domicilio del imputado ubicado en un barrio de la Ciudad de Neuquén y también en la camioneta que el hombre manejaba.
Para cometer los abusos, A.R.P, aprovechaba la relación de amistad y confianza que tenía con los padres de la menor, quienes confiaban en él para el cuidado de la niña.
Entre las pruebas que el fiscal del caso presentó para llevar al juicio se encuentran las declaraciones de testigos, efectivos policiales y peritos que intervinieron. También Azar solicitó que se incorpore prueba documental entre la cual se encuentran diversos informes psicológicos.
La jueza de garantías encargada de dirigir la audiencia, avaló el pedido de la fiscalía en todos sus términos y dispuso la apertura de la etapa de juicio. Además, la magistrada dio intervención a un tribunal colegiado.
La Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del juicio donde se determinará la responsabilidad penal del acusado.
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