
Fue a través del IJAN. El organismo utilizará esa tecnología para optimizar los análisis de laboratorio mediante absorbancia, luminiscencia y fluorescencia.
Solicitaron que se impongan 14 años de prisión efectiva a un hombre y 6 años de prisión efectiva a una mujer, ambos declarados responsables por abuso sexual reiterado y corrupción de menores.
Regionales13/02/2022El fiscal del caso Manuel Islas, requirió este viernes en una audiencia de determinación de la pena y ante un tribunal colegiado, que se impongan 14 años de prisión efectiva a un hombre, P.S.R y 6 años de prisión efectiva a una mujer, C.B.C. ambos declarados responsables por abuso sexual reiterado y corrupción de menores.
Durante la audiencia, Islas le presentó al tribunal un acuerdo al que arribaron la fiscalía, la defensa de los imputados y la defensora de los derechos del niño y el adolescente. Además, ambos imputados prestaron conformidad y aceptaron cumplir las penas.
Para solicitar las condenas, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó que tuvo en cuenta como atenuantes la carencia de antecedentes condenatorios y el reconocimiento de culpabilidad de ambos imputados; y como agravantes la reiteración de los hechos y la extensión del daño causado en la víctima.
El fiscal del caso solicitó en la misma audiencia, que se agrave por dos meses la medida cautelar a ambos imputados, las cuales consisten en la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros de la víctima y el lugar donde reside, así como comunicarse y contactarse con ella por cualquier medio.
El tribunal encargado de la audiencia integrado por una jueza y dos jueces, homologó el acuerdo presentado por las partes y dispuso las medidas de coerción solicitadas por dos meses más.
El 4 de mayo de 2021, también mediante un acuerdo, ambos imputados reconocieron su participación en los hechos y fueron declarados responsables: en el caso de P.S.R, por abuso sexual con acceso carnal -continuado- en concurso ideal con promoción y facilitación a la corrupción de menores de edad, agravado por el vínculo y por ser la víctima menor de 13 años -reiterado- en carácter de autor (artículos 119 primer y tercer párrafos; 125 primer, segundo y tercer párrafo, 45 y 54 del Código Penal). En el caso de la mujer, C.B.C, por los delitos de promoción y facilitación de la corrupción de menores de edad, agravado por el vínculo y por ser la víctima menor de 13 años -continuado- en calidad de autora, en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo –continuado-, en carácter de partícipe secundaria (artículos 125 primer, segundo y tercer párrafo; 119 primer, tercer y cuarto párrafo en función del inciso “b”, 45 y 54 del Código Penal).
La teoría del caso del Ministerio Público Fiscal es que los hechos ocurrieron entre 2010 y octubre de 2019 en la ciudad de Neuquén. La imputada C.B.C llevaba a una niña de su entorno familiar a la casa de P.S.R, con el objetivo de que fuera abusada sexualmente de manera reiterada y sistemática por el imputado, a cambio de una suma de dinero.
Fue a través del IJAN. El organismo utilizará esa tecnología para optimizar los análisis de laboratorio mediante absorbancia, luminiscencia y fluorescencia.
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