Formulan cargos por contaminación ambiental en el Parque Industrial Neuquén

Formularon cargos a dos hombres por haber recibido residuos peligrosos y haberlos dispuesto sin tratamiento por más de diez años en el predio, poniendo así en peligro la salud pública y el medio ambiente.

Locales 07/03/2022
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El fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid formuló cargos hoy a dos hombres por haber recibido residuos peligrosos y haberlos dispuesto sin tratamiento por más de diez años en el predio, poniendo así en peligro la salud pública y el medio ambiente. 

Ocurrió durante una audiencia que comenzó el viernes y terminó hoy, con los imputados conectados a través de videoconferencia desde Buenos Aires. 

Breide Obeid, junto a la asistente letrada Julieta González, explicó que los hechos ocurrieron en el Lote M, Manzana 3 (nomenclatura catastral 09-2004-269-06-0000) del Parque Industrial Oeste de la ciudad de Neuquén. El predio fue asignado a la empresa High Pressure Vaccun Petroleum S.A (HP&V) mediante Decreto provincial 437/08 y los acusados, C.H.M y F.A.V, en distintos momentos, pero siempre dentro del período en que ocurrieron los hechos, ocupaban cargos directivos en la firma. 

Según la teoría del caso planteada por la fiscalía, entre 2007 y 2009, en el predio funcionó una planta de tratamiento de residuos petroleros. Constaba de cuatro piletas construidas en el suelo con una geomembrana, con una capacidad total de 2.452 metros cúbicos y destinadas al tratamiento fisicoquímico de residuos provenientes de recortes de perforación, fondos de tanque y otros residuos peligrosos. 

En ese período, la empresa recibió aproximadamente 2.300 metros cúbicos de residuos con el compromiso de proceder a su tratamiento, pero no lo hizo. En la actualidad, los residuos permanecen depositados en el predio, sin tratamiento y sin que se adopten los resguardos necesarios para preservar la salud y el ambiente. 

El fiscal jefe encuadró los hechos en el delito de contaminación peligrosa para la salud pública (artículo 55 de la Ley 24.051 y 200 del Código Penal) y se lo atribuyó a C.H.M y F.A.V en calidad de coautores (artículos 45 del Código Penal y 57 de la Ley 24.051). 

Además, Breide Obeid solicitó a la jueza de garantías la declaración de caso complejo para avanzar en la investigación preliminar. 

Tras un cuarto intermedio, la jueza de garantías hizo lugar a los cargos formulados por la fiscalía en todos sus términos y coincidió en la necesidad de declarar el caso como complejo, con el objetivo de delimitar la pluralidad de víctimas y los alcances del posible daño ambiental, entre otras razones. 

Inhibición 

Tras la resolución respecto de la formulación de cargos, la asistente letrada de la fiscalía pidió a la jueza la inhibición general de los bienes, tanto de la empresa como de los imputados, “a fin garantizar la disponibilidad de fondos para el traslado de los residuos y el tratamiento”. Además, solicitó que el bloqueo de las cuentas bancarias de la empresa. 

González argumentó que en el primer allanamiento que hizo la fiscalía, en febrero de 2021, “en el inmueble había una gran cantidad de bienes, de vehículos, que pertenecían a la empresa”. “En noviembre de 2021, en el último allanamiento, vimos el último camión fuera del predio. Es decir, que en ese tiempo, la empresa generó algún tipo de conducta de vaciamiento”, contrastó. 

La jueza hizo lugar  a la inhibición general de bienes y el bloqueo de las cuentas respecto de la empresa y dispuso, también a solicitud de la fiscalía, que no se puedan realizar modificaciones ni intervenciones en el sector de piletas del predio, por el plazo de 60 días.

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