Quieren regular el procedimiento a implementar con vehículos secuestrados a disposición de la Justicia

La medida busca minimizar los gastos que representan para las arcas públicas la guarda y custodia de estos vehículos.

Regionales 12/05/2022
Coggiola

El diputado Carlos Coggiola (PDC) presentó un proyecto de ley para regular la disposición de los vehículos secuestrados en los que interviene el fuero penal del Poder Judicial. La medida busca minimizar los gastos que representan para las arcas públicas la guarda y custodia de estos vehículos.

La aplicación de la ley recaerá en los casos de secuestro de autos o motos en los que corresponda intervenir al fuero penal del Poder Judicial neuquino. El articulado explicita que, luego de realizarse las pericias probatorias de la investigación -las que deberán realizarse con la mayor celeridad posible- la Fiscalía competente requerirá al órgano jurisdiccional la entrega del bien en forma inmediata a su legítimo poseedor o a su titular registral, según corresponda. Dicha solicitud también podrá ser formulada, en idéntica oportunidad, por el legítimo poseedor o su titular registral.

El dueño del vehículo tendrá un plazo de tres días desde la notificación para retirar el bien secuestrado, debiendo abonar en concepto de “depósito y custodia” un jus por cada día de demora. Transcurridos seis meses sin que el auto o la moto sea retirado por su legítimo poseedor o por el titular registral -o desde su secuestro en los casos en que no corresponda su entrega- el encargado de la custodia deberá informar al órgano jurisdiccional, a los efectos de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) disponga definitivamente del bien en depósito. En tales casos, el TSJ podrá ordenar la subasta pública, destinar el vehículo a algún organismo del Estado u determinar la compactación o proceso similar de destrucción.

La norma regula aspectos vinculados, además, a las particularidades de las subastas, gastos de remate, destinos de los fondos recaudados en concepto de “depósito y custodia”, pericias y compactación para los casos en los que el vehículo en cuestión no se encuentre en condiciones aptas para circular.

La ley también crea el “Registro único de bienes muebles registrables secuestrados”, que dependerá del TSJ, planilla en la que se asentarán los automotores que se encuentren a disposición de la Justicia. En dicho registro, se dejará constancia del estado general del bien mueble registrable, con confección de planilla anexa y fotografía. A tal fin, se efectuará una inspección mensual sobre los bienes secuestrados.

Los fundamentos mencionan que la propuesta apunta a regular, desde el punto de vista legislativo, el procedimiento a realizar con aquellos vehículos secuestrados o depositados a disposición de la Justicia Penal provincial, con la mayor celeridad posible, en pos de solucionar la situación actual en la que miles de bienes se acumulan sin ser reclamados por nadie. Esta situación genera un gran perjuicio económico para el Estado, tanto por la utilización de espacios para su guarda, como por su custodia. El legislador informa que, en la actualidad, se aplican las pautas y protocolos devenidos de una normativa de la presidencia del TSJ a tal fin, sin embargo, las circunstancias ameritan una “regulación legislativa” en la materia que determine “definitiva y claramente los procedimientos a seguir”.

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