Imponen prisión perpetua por el femicidio de Karen Ibarra
Walter Antonio Orellana reconoció su responsabilidad penal por el femicidio de su ex pareja, Karen Ibarra. El 22 de junio fue declarado culpable por el tribunal y durante una audiencia realizada este lunes, la fiscal del caso Carolina Mauri solicitó la imposición de prisión perpetua.
Locales03/07/2023Tras la acusación fiscal, Walter Antonio Orellana reconoció su responsabilidad penal por el femicidio de su ex pareja, Karen Ibarra. El 22 de junio fue declarado culpable por el tribunal y durante una audiencia realizada este lunes, la fiscal del caso Carolina Mauri solicitó la imposición de prisión perpetua.
Los tres jueces que conformaron el tribunal hicieron lugar al planteo de la integrante de la unidad fiscal de Violencia Contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales e impusieron la pena. Es que, tal como se referenció en la audiencia, se trata de la única opción posible que plantea el Código Penal cuando la víctima es una mujer y su muerte se produjo mediando violencia de género.
Orellana cometió el femicidio durante la tarde del 11 de noviembre de 2022 en un barrio de Neuquén. Aproximadamente a las 16, agredió físicamente a su ex pareja, Karen Ibarra, frente a los cuatros hijos que tenían en común. Inicialmente, le clavó un tenedor en el pecho, pero ella pudo escapar del domicilio por una ventana. Orellana logró alcanzarla y la golpeó hasta que la hizo perder la conciencia. En ese momento, él regresó a la vivienda, se puso una remera –había salido con el torso desnudo- buscó una llave francesa y un martillo y retornó para continuar la agresión con esos elementos. Se detuvo recién cuando llegó la policía.
Durante el ataque, el condenado agredió también a uno de sus hijos, sin provocarle lesiones graves.
Karen Ibarra fue intervenida en distintas oportunidades y estuvo internada hasta que, en estado vegetativo irreversible, murió el 28 de abril pasado.
Tras aceptar su responsabilidad y renunciar a un juicio tradicional, Orellana fue declarado responsable por homicidio agravado por el vínculo, por alevosía y por haber sido cometido mediando violencia de género (femicidio), en concurso real con lesiones leves agravadas por el vínculo, en calidad de autor (artículos 80, incisos 1, 2 y 11; 55, 89 y 92, en función del artículo 80, inciso 1; y 45 del Código Penal).
Al momento de solicitar la pena, Mauri explicó previo a la intervención de un tribunal, hay “una valoración de las circunstancias en abstracto ante este tipo de hechos”. Esa valoración previa es la que “define la pena y restringe a los jueces para valorar circunstancias atenuantes”, sostuvo la fiscal, y pidió la condena a prisión perpetua.
La defensa reconoció la gravedad de los hechos y realizó un planteo de inconstitucionalidad respecto de este tipo de penas privativas de la libertad, pero el tribunal no hizo lugar. En cambio, tomó el pedido de la fiscal del caso e impuso la pena de prisión perpetua a Walter Antonio Orellana, por el femicidio de Karen Ibarra. Además, los tres magistrados aceptaron la extensión de la prisión preventiva por dos meses que solicitó Mauri, hasta tanto la pena esté en condiciones de ser ejecutada.
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