
Sostienen que no hay motivos que los justifiquen
Ese plazo vencía hoy pero la AFIP dispuso prorrogarlo por un mes.
Nacionales30/04/2024La AFIP extendió hasta el 31 de mayo próximo el plazo para para presentar un formulario de declaración jurada del impuesto a las Ganancias, correspondiente al período fiscal 2023.
Se trata del formulario F.572 Web, que se presenta a través del "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG)-Trabajador" en la página del ente recaudador.
La medida se formalizó por medio de la Resolución General 5507/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, a través de la cual se prorrogó del 30 de abril al 31 de mayo el plazo en cuestión.
Asimismo, la AFIP estableció que los agentes de retención practicarán la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2023 hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.
El importe determinado en esa liquidación será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10 de julio de 2024, inclusive, de acuerdo con el texto oficial.
También, el organismo determinó que deberá informarse e ingresarse el importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en julio de 2024 del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), consignando como fecha de retención el 28 de junio de 2024.
La AFIP justificó esta medida al señalar que "resulta necesario implementar medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual" de Ganancias.
Sostienen que no hay motivos que los justifiquen
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