Piden al TSJ anular la prisión domiciliaria otorgada a condenado por abuso sexual

La presentación fue remitida hoy en forma digital.

Locales 04/05/2020
Ciudad Judicial Nqn

El fiscal general José Gerez y el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid pidieron al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anule la prisión domiciliaria otorgada a un hombre declarado responsable penal de abuso sexual y condenado a 8 años de prisión, en el contexto de la pandemia de COVID-19. 

La presentación fue remitida hoy en forma digital. La decisión impugnada es la de un Tribunal de Impugnación que el pasado 27 de abril, otorgó la prisión domiciliaria a un hombre (W. O. V), quien fue declarado responsable penal del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el uso de arma en diciembre de 2016. Lo condenaron a ocho años de prisión y la pena vencía en noviembre de 2025. 

“La decisión que venimos a impugnar causa una situación de gravedad institucional”, plantearon Gerez y Breide Obeid en el recurso. El fallo impugnado carece “de fundamentación suficiente, resulta arbitrario y violenta el derecho al debido proceso (art. 18 de la Constitución Nacional) que no sólo ampara al imputado sino también a las demás partes del proceso, incluido Ministerio Público Fiscal”, puntualizaron. 

También plantearon que la resolución del Tribunal de Impugnación “aparece como autocontradictoria, porque si bien le da a la Fiscalía la razón en la inexistencia de superpoblación en la unidad y la ausencia de casos sospechosos de Covid 19 dentro de las unidades carcelarias, omite valorar el dictamen de la médica forense y resuelve la detención domiciliaria”. 

El hecho por el cual se condenó a W. O. V, ocurrió el 7 de diciembre de 2014. Ingresó a una vivienda por la mañana, amenazó con un arma a una mujer y a su hijo, y la obligó a ella a practicarle sexo oral. 

El Tribunal de Impugnación dispuso la prisión domiciliaria para el hombre condenado, mientras dure el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo nacional y el provincial. 

En el recurso, Gerez y Breide Obeid señalaron que el Tribunal de Impugnación fundamentó la decisión “sobre la base de una falacia refutada concretamente por el testimonio experto de la Dra. Haydee Fariña dado en audiencia y luego de estudiar la situación puntual de este condenado”. Y especificaron que “contra la recomendación médica, el Tribunal de Impugnación sostuvo muy ligeramente y sin dar razones para apartarse, que es más seguro para la salud del prisionero que cumpla la condena en el domicilio de un familiar, a que lo haga en una institución de control máximo como es la Unidad de Detención N° 11, adonde se verifica por una vigilancia constante que se tomen todas la precauciones sanitarias, donde no hay hacinamiento y donde además tiene la atención médica disponible para su enfermedad (respiratoria)”, sin tener que concurrir a un hospital. 

Por estas razones, pidieron al máximo tribunal de la provincia que: “se tenga por presentada en legal tiempo y forma la impugnación extraordinaria; se habilite en forma excepcional el trámite del recurso; se fije audiencia en el plazo establecido por el artículo 245 del Código Procesal Penal, a la cual nos prestamos a asistir en modalidad presencial o remota, conforme lo disponga; se notifique fehacientemente de la fecha y hora de la audiencia a la víctima, para lo cual en escrito anexo comunicamos los datos de contacto; se tenga presente la reserva de ampliar la fundamentación del recurso durante la audiencia; oportunamente, se declare admisible el recurso y se haga lugar a la nulificación del fallo del Tribunal de Impugnación, confirmando el mantenimiento del cumplimiento de la pena en establecimiento carcelario o, en su defecto, se reenvíe para el dictado de un nuevo fallo; en subsidio, se tenga presente la reserva de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

En tanto el sábado pasado, el fiscal general José Gerez emitió una instrucción general para que los y las fiscales impugnen las resoluciones mediante las cuales, ante la pandemia de COVID-19,  se otorgue prisión domiciliaria a personas condenadas o procesadas.

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