El EPAS continúa con el régimen de regulación de deuda

Para quienes adhieran habrá beneficios como condonación de intereses resarcitorios y quita de intereses en planes de financiación. El programa estará vigente hasta el 25 de mayo.

Regionales 11/02/2022
EPAS

El  Ente Provincial de Agua y Saneamiento, dependiente de la secretaría General y Servicios Públicos, informó que continúa en vigencia el régimen de regulación de deuda, que implica beneficios de condonación de los intereses resarcitorios y quita de los intereses de financiación, según el tipo de convenio o régimen que elijan.

Las deudas incluidas dentro de este régimen son las devengadas hasta el 30 de noviembre de 2020 y con una antigüedad no mayor de cinco años de los periodos adeudados o devengados. El programa estará vigente hasta el 25 de mayo próximo.

Los usuarios que se pueden adherir a este beneficio son aquellos que adeuden periodos comprendidos en el lapso anteriormente mencionado, los usuarios que tienen planes de pagos vigentes y aquellos que hayan realizado planes de pagos y se encuentran caducos o impagos.

También podrán acceder aquellos que presenten deuda y se encuentren en curso de alguna gestión administrativa y técnica ante el EPAS, siempre y cuando el usuario se allane incondicionalmente a la presentación de cobro, desistiendo y renunciando a toda acción y derecho, incluso el de repetición. Los que quedan excluidos del  régimen de regularización son aquellos cuyas deudas que se encuentren en gestión judicial y las verificadas en concurso y quiebras.

Tipos de regularización

  • Pago contado: los usuarios que regularicen sus deudas mediante el pago contado gozarán de los siguientes beneficios:
  • Quienes abonen los periodos adeudados en los años 2018, 2019 y hasta el 30 de noviembre de 2020 tendrán una condonación del 100 % de los intereses resarcitorios.

Los usuarios que abonen los periodos adeudados comprendidos en los años 2016 y 2017 tendrán una condonación del 50 % de los intereses resarcitorios.
Planes de pago: hay planes de seis y doce cuotas, y en ambos casos los usuarios tendrán que  cancelar al momento de realizar el plan de pago la primera cuota que tiene carácter de anticipo. Las cuotas restantes deberán adherirse al débito automático con tarjeta de débito o crédito, y también deberán adherir al débito automático al pago mensual o trimestral de su factura por el plazo mínimo de dos años.

Planes de pago de hasta seis cuotas: tendrán como beneficios una condonación del 25 % de los intereses resarcitorios y una quita del 100 % de los intereses de financiación.

Planes de pago de hasta doce cuotas: tendrán como beneficio una quita del 100% de los intereses de financiación. La primera cuota será equivalente al 15 % de la deuda consolidada.

Los usuarios que incumplan con los planes de pagos brindados perderán los beneficios otorgados, tornando exigible y vencidas el total de las cuotas impagas del plan de facilidades de pagos.

 

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