La comisión de Desarrollo Humano y Social (C) recibió a las actuales y anteriores autoridades del Sindicato de Profesionales de la Salud Pública de Neuquén –SIPROSAPUNE- quienes, si bien se pronunciaron a favor de los proyectos de regulación de residencias y de recupero financiero para el sistema público de Salud, hicieron reparos en cuanto a la implementación y el alcance de las medidas.
Jurado popular declaró culpabilidad por homicidio en exceso de la legítima defensa
José Rubén González Aguilar, acusado de matar a los hermanos Julio Raúl y Alejandro Rubén Zani, fue declarado “culpable” por el jurado popular por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa en uno de los hechos.
Regionales 18/03/2023El veredicto fue emitido este jueves por la tarde luego de cinco horas de deliberación. De las 12 personas que integraron el jurado, 9 consideraron que el acusado fue responsable del homicidio de Alejandro Rubén Zani, con exceso en la legítima defensa.
Y, respecto al homicidio de Julio Raúl Zani, fue declarado no culpable por existir legítima defensa, al igual que el delito de lesiones leves en perjuicio de la mujer que era su pareja por el que también había sido imputado.
De este modo, la teoría del caso que presentó el Ministerio Público Fiscal no fue avalada por el jurado popular.
La pena que deberá cumplir, se debatirá en una audiencia que la Oficina Judicial deberá fijar en los próximos días.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal y la Policía de Neuquén, el hecho ocurrió el 25 de diciembre de 2021, entre la 1 y las 4 de la madrugada, durante los festejos por la Navidad. El acusado atacó a ambos hermanos tras una discusión que tuvieron en un predio ubicado entre el lago Nahuel Huapi y la Ruta Nacional 40, en las inmediaciones de Villa la Angostura.
Durante el alegato de apertura del juicio por jurados, el fiscal jefe Fernando Fuentes había planteado que el acusado le disparó a Julio Rubén Zani con un arma de fuego calibre 45 al menos en cuatro ocasiones. Uno de los proyectiles le impactó en la zona del pecho, provocándole la muerte. En forma previa, durante la discusión que mantuvieron, había atacado con un cuchillo a una mujer que era la pareja de la víctima, y le provocó un corte en la mano.
Luego, le disparó a Alejandro Rubén Zani en la zona de cadera. La lesión le provocó la muerte dos días después, mientras estaba internado.
El fiscal jefe explicó que antes de dispararles a las víctimas, el acusado estaba yéndose del predio en una camioneta, junto a su esposa y su hija. Pero el rodado quedó atascado en un arroyo, y fue en ese momento que Julio Raúl Zani, fue hacia él con un rastrillo en la mano. El imputado bajó del rodado con el arma –la cual portaba sin autorización legal- y efectuó los disparos. Luego, lo hizo contra el hermano de la víctima, Alejandro Rubén Zani.
En el contexto de la investigación, la vivienda del acusado en Villa la Angostura fue allanada y en un galpón se encontró un fusil calibre 22. Lo tenía sin contar con la autorización legal.
Los delitos que atribuidos por el fiscal jefe a J. R. G. A, fueron: homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, respecto a Julio Raúl Zani y a Alejandro Rubén Zani; lesiones leves en perjuicio de la mujer a la que atacó con un cuchillo; portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal; y tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal; todo en concurso real.
Respecto a la portación y tenencia, el imputado asumió su responsabilidad penal durante el desarrollo del juicio por jurados.
Durante el juicio, el fiscal jefe está acompañado por el fiscal del caso Adrián De Lillo y el funcionario Víctor Salgado.
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