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Mediante acuerdo pleno, un efectivo de la Policía de Neuquén, Matías Nicolás Torres, fue declarado responsable y condenado a 3 años de prisión en suspenso por lesionar a dos jóvenes, violando los deberes de funcionario público.
Regionales07/07/2024Mediante acuerdo pleno, un efectivo de la Policía de Neuquén, Matías Nicolás Torres, fue declarado responsable y condenado a 3 años de prisión en suspenso por lesionar a dos jóvenes, violando los deberes de funcionario público.
El fiscal del caso Adrián De Lillo presentó ante el juez el acuerdo al que arribó con la querella particular y la defensa. El mismo, prevé la declaración de responsabilidad por los delitos de lesiones graves respecto del conductor, en concurso ideal con lesiones leves, respecto de la acompañante, ambas calificadas por su calidad de funcionario policial, en concurso ideal con el delito de violación de los deberes de funcionario público, en calidad de autor (artículos 45, 54, 89 y 90 en función del 80 inciso 9 y 92, y 248 del Código Penal).
El alcance del acuerdo estableció además una pena de pena de 3 años de prisión en suspenso y 3 años de inhabilitación especial. Además, deberá cumplir por el mismo plazo las siguientes reglas de conductas: fijar residencia y no modificarla sin dar previo aviso al tribunal; someterse al Control de Población Judicializada; no cometer delitos; realizar una entrevista de admisión de un espacio individual o grupal, en un espacio de salud pública donde podrá realizar terapia respecto a las situación de violencia o ira y cumplirlo en caso de que sea necesario, por el tiempo que duren las condiciones o bien por un término menor si así fuere determinado. Asimismo, se le prohíbe ejercer cualquier acto que implique situaciones de molestia, intimidación y/o perturbación contras las víctimas.
La teoría del caso que logró acreditar el Ministerio Público Fiscal es que el día 24 de enero de 2024, aproximadamente las 10:20, Torres se encontraba patrullando a pie sobre la senda peatonal ubicada en Avenida Arrayanes e intersección con calle Cerro Belvedere de la ciudad de Villa La Angostura. En un determinado momento, se detuvo en el medio de la senda peatonal y se interpuso en la circulación de la motocicleta conducida por un varón, acompañado de una mujer. Torres, al observar que la moto lo esquivó, efectuó un golpe sobre el sobre el casco del conductor, quien perdió el control y ambos ocupantes cayeron sobre un cartel de tránsito. Como consecuencia de esta acción, las víctimas sufrieron lesiones.
De Lillo sostuvo que el acusado en su calidad de funcionario policial, se apartó en su actuación de patrullaje preventivo, “en cuanto no llevó a cabo la conducta debida de conformidad a las leyes y reglamentos, que rigen su accionar como integrante de una fuerza de seguridad, al desplegar esa acción, sin que haya ninguna circunstancia fáctica que se lo haya permitido”, de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica para la policía del Neuquén: “el uso de la fuerza pública será empleada en aquellos casos en que fuera necesario mantener el orden, garantizar la seguridad, impedir la perpetración de un delito, y en todo otro acto de legítimo ejercicio”.
El juez de garantías Maximiliano Bagnat homologó el acuerdo presentado por las partes en todos sus términos.
El fiscal estuvo acompañado por el asistente letrado Gustavo Vázquez
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