Quieren incorporar a la legislación provincial las normas de carácter procesal respecto de la violencia digital

La diputada Mercedes Tulián (PRO-NCN) presentó un proyecto para actualizar la normativa provincial en materia de prevención de violencia contra las mujeres a fin de regular las medidas preventivas vinculadas al concepto de “violencia digital o telemática”.

Regionales23/07/2024
diputada Mercedes Tulián

La propuesta incorpora en el articulado de la ley 2786 –de Protección Integral de Mujeres Víctimas de Violencia- la contemplación de aquellas situaciones de violencia ejercidas por cualquier tecnología de la información. Incluyen así, medidas en caso de incumplimiento y establece que la autoridad judicial deberá solicitar a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas web el aseguramiento de los datos informáticos relativos al tráfico, a los abonados y contenido del material suprimido, que obren en su poder o estén bajo su control, para las acciones de fondo que correspondan, en un plazo no mayor a tres meses. 

Además, a nivel judicial, determina que se ordenará mantener en secreto la ejecución de dicho procedimiento mientras dure la orden de aseguramiento. La autoridad podrá, a requerimiento de parte y únicamente para la investigación de las acciones de fondo que correspondan, solicitar a las requeridas que revelen los datos informáticos de abonados que obren en su poder o estén bajo su control e igualmente los relativos al tráfico y al contenido del material suprimido mediante auto fundado, de acuerdo a los mecanismos de cooperación interna y/o procedimientos previstos en el marco de las normas y tratados sobre cooperación internacional vigentes.

En los fundamentos, la diputada recuerda que el año pasado el Congreso sancionó la ley 27736 –denominada Ley Olimpia-, que incluye con modificaciones a la ley  26485 incorporando el concepto de “violencia digital o telemática” y definiéndola como “toda conducta, acción u omisión en contra de las mujeres basada en su género que sea cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público a ellas o su grupo familiar. En especial conductas que atenten contra su integridad, dignidad, identidad, reputación, libertad, y contra el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el espacio digital o que impliquen la obtención, reproducción y difusión, sin consentimiento de material digital real o editado, intimo o de desnudez, que se le atribuya a las mujeres, o la reproducción en el espacio digital de discursos de odio misóginos y patrones estereotipados sexistas o situaciones de acoso, amenaza, extorsión, control o espionaje de la actividad virtual, accesos no autorizados a dispositivos electrónicos o cuentas en línea, robo y difusión no consentida de datos personales en la medida en que no sean conductas permitidas por la ley 25.326 y/o la que en el futuro la reemplace, o acciones que atenten contra la integridad sexual de las mujeres a través de las tecnologías de la información y la comunicación, o cualquier ciberataque que pueda surgir a futuro y que afecte los derechos protegidos en la presente ley”.

Más adelante, retoma los datos arrojados por Amnistía Internacional Argentina, los que advierten que  1 de cada 3 mujeres sufrió violencia en las redes sociales; el 26% de las víctimas recibió amenazas directas y/o indirectas de violencia psicológica o sexual; un 59% fue objeto de mensajes sexuales y misóginos; un 34% recibió mensajes con lenguaje o comentarios abusivos; un 36% tuvo ataques de pánico, estrés o ansiedad; un 35% pérdida de autoestima o confianza; un 34% manifestó haber sentido miedo al salir; un 33% identificó haber atravesado un período de aislamiento psicológico; el 45% de las consultadas manifestó usar menos esas redes sociales o haber dejado de usarlas (se autocensura); y el 70% de las mujeres implementó cambios en la forma en que usa las plataformas.

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