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Tras un cuarto intermedio de 48 horas, el juez de garantías Juan Pablo Encina rechazó dos acuerdos para imponer condenas en la causa que investiga estafas con planes sociales.
Regionales13/03/2025Tras un cuarto intermedio de 48 horas, el juez de garantías Juan Pablo Encina rechazó dos acuerdos para imponer condenas en la causa que investiga estafas con planes sociales. Comprenden a A.A.M.L y a R.A.L, quienes reconocieron haber sido parte de una asociación ilícita que defraudó al Estado.
El magistrado consideró que los acuerdos afectaron el principio de “legalidad” por falta de fundamentación de las partes. Sobre el final de la resolución, que dictó durante una audiencia celebrada hoy, resaltó que los imputados habían tenido participación en “muchos hechos”.
Las condenas propuestas por el fiscal del caso Juan Narvaez y por la asistente letrada Agustina Jara, consistían en imponer 3 años de prisión en suspenso en ambos casos, con 432 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta para A.A.M.L y 360 para R.A.L.
Como en otros cinco acuerdos en los que se avanzó, la resolución de acordar las penas se adoptó en los casos en los que el rol desempeñado por la persona acusada era de menor responsabilidad. En todos se impusieron penas de prisión condicional y trabajo no remunerado.
Respecto de los dos imputados con los que se había acordado la declaración de responsabilidad y la aplicación de una pena de prisión en suspenso, el fiscal del caso había precisado el perjuicio atribuido a cada uno de ellos:
-A R.A.L, se le atribuyó haber participado en 264 hechos, con un perjuicio al Estado estimado en $ 12 millones.
-A A.A.M.L, se le endilgaron 103 hechos, con un perjuicio estimado en $ 4.9 millones.
En la audiencia en la que se solicitó el acuerdo, el representante de la Fiscalía de Estado, que interviene como querellante en el legajo, aclaró que A.A.M.L depositó recientemente la suma reclamada. Por otra parte, indicó que respecto del resto del perjuicio, el gobierno provincial inició acciones civiles contra la totalidad de los imputados.
Condenas
Sobre fines de 2024, la unidad fiscal de Delitos Económicos resolvió avanzar en una serie de acuerdos para obtener condenas sin pasar por el juicio, en aquellos casos en los que los niveles de responsabilidad fueran bajos. Esa vía de resolución del conflicto permitiría, tal como se argumentó en las audiencias, centralizar la investigación en los niveles superiores de responsabilidad.
En ese momento se acordaron condenas respecto de Gustavo Roberto Mercado, Carolina Beatriz Hernández, Pamela Alejandra Rivera, Gesel Roxana Tarifeño y Pamela Alejandra Cea, quienes aceptaron haber integrado la asociación ilícita y hacer tareas como extraer dinero de los cajeros automáticos o cobrar cheques, para luego entregar la recaudación a los imputados a los que se les atribuye mayor responsabilidad dentro de la maniobra.
Control de acusación
En paralelo al rechazo del juez Encina, desde ayer y hasta mañana se desarrolla la audiencia de control de la acusación respecto de las 17 personas acusadas que la fiscalía resolvió llevar a juicio.
Como se trata de los casos en los que se cuenta con evidencias de una mayor participación, el MPF impulsará penas de prisión efectiva, desde un mínimo de 3 años de detención, por lo que solicitó a la jueza Carina Álvarez que habilite el pase a etapa de juicio, con la intervención de un tribunal de tres integrantes.
La estafa
De acuerdo con la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal (MPF), un grupo de ex funcionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo y particulares externos al Estado que se beneficiaron con la maniobra, integraron una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de débito.
En todos los casos, el delito que se atribuye a los acusados y acusadas es el de haber sido parte de una asociación ilícita, en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por uso de tarjeta de crédito sin autorización del titular, 9.303 hechos en concurso real, en calidad de coautores (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal). Los cinco funcionarios de alto rango, que son a los que se les endilga una mayor responsabilidad, están imputados por esos delitos pero en carácter de “jefes” de la organización.
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