Acuerdan responsabilidad y pena en contexto de violencia de género

Un hombre fue declarado penalmente responsable por desobedecer a una orden judicial y amenazar a su expareja. Los hechos ocurrieron en cercanías a la localidad de Chos Malal. 

Regionales 05/09/2022
Fiscalia Chos Malal

Mediante acuerdo, un hombre fue declarado penalmente responsable por desobedecer a una orden judicial y amenazar a su expareja. Los hechos ocurrieron en cercanías a la localidad de Chos Malal. 

Durante la audiencia de procedimiento abreviado realizada el viernes, la asistente letrada Natalia Rivera presentó ante el juez el acuerdo al que arribó junto con la defensa del imputado. El mismo, prevé la declaración de responsabilidad de V.J.H y la imposición de tres años de prisión en modalidad condicional. 

El alcance del acuerdo comprende además el cumplimiento de las siguientes reglas de conductas: el imputado deberá fijar domicilio y ante cualquier cambio en el mismo deberá informarlo. Tiene prohibido acercarse a la víctima a menos de 50 metros, así como también ejercer actos de violencia por sí o por terceros hacia la mujer. No podrá consumir bebidas alcohólicas en la vía pública; deberá continuar el tratamiento psicológico; no cometer nuevos delitos y presentarse en la sede de la población judicializada cada dos meses. 

El imputado aceptó su responsabilidad y la victima, que participó de la audiencia, prestó su conformidad.

El juez de garantías homologó el acuerdo presentado y declaró la responsabilidad penal del imputado por los delitos de desobediencia a una orden judicial (4 hechos), en concurso real. Y por los delitos de desobediencia a una orden judicial en concurso ideal con el delito de amenazas. Asimismo fue declarado responsable por el delito de desobediencia a una orden judicial y amenazas simples, todos en concurso real entre sí, en calidad de autor (artículos 239, 149 bis primer párrafo, 55, 54 y 45 del Código Penal) 

Como las partes renunciaron a los plazos de impugnación, el imputado comenzó a cumplir la pena de manera inmediata. 

El hombre se encontraba detenido con prisión preventiva desde la audiencia de formulación de cargos, que se realizó en julio pasado, y fue declarado responsable por reiterados incumplimientos de órdenes judiciales y amenazas a la mujer. 

El 19 de abril, V.J.H se presentó a las 3 de la madrugada en el domicilio de su expareja e intentó ingresar. Al estar la puerta con llave y ante el pedido de la mujer, el condenado se retiró del lugar. Con este accionar, incumplió las medidas impuestas por el juzgado de Familia de Chos Malal el 1 de abril de este año, cuando se le prohibió ejercer actos de violencia o acercarse a menos de 200 metros -luego se modificó a 100 metros- de su expareja y grupo familiar conviviente. 

El 22 de abril, y también durante la madrugada, volvió a intentar ingresar a la vivienda de su ex pareja, y ante el alerta de la mujer que había llamado a la policía, se retiró del lugar. Horas más tarde, fue a su lugar de trabajo, la amenazó e incluso esperó a que saliera del lugar para seguirla, aunque desistió cuando la mujer ingresó a la casa de un vecino. 

El hombre también fue condenado por haber ingresado a la casa de la víctima en reiteradas oportunidades entre el 22 de abril y el 29 de junio, amenazándola de muerte. El 30 de junio, en una oportunidad en que también logró ingresar a la vivienda, mientras la mujer recibía el llamado telefónico del equipo interdisciplinario del juzgado de familia, le exigió que le indicara que le dieran permiso para poder acercarse a sus hijos. 

La última amenaza se produjo el 1 de julio, cuando reiteró la conducta de los hechos anteriores y volvió a ingresar sin permiso a la vivienda.

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