Ratifican archivo de denuncia por facilitación de la prostitución

El caso se originó a raíz de la denuncia realizada por una mujer en diciembre de 2018 en contra de su pareja.

Locales 25/08/2021
Fiscalia de Neuquén

Por unanimidad, dos juezas y un juez del Tribunal de  Impugnación (T.I), compartieron el criterio del fiscal del caso Manuel Islas y confirmaron el desistimiento de una denuncia por facilitación de la prostitución. El T.I remarcó ante la denunciante y su representante legal que el archivo de una denuncia no implica que, ante nuevas pruebas o hecho y un eventual cambio en la calificación legal, la investigación no pueda retomarse más adelante.

 En la resolución, a la que llegaron luego de que el querellante intentara revertir el desistimiento del fiscal del caso, también dejaron en claro que no es posible obligar a la fiscalía a formular cargos.

El caso se originó a raíz de la denuncia realizada por una mujer en diciembre de 2018 en contra de su pareja. A los pocos años de iniciada la relación, el hombre le propuso iniciar determinadas prácticas sexuales que contaron con la anuencia de la víctima, entre ellas, que mantuviera relaciones sexuales con amigos y conocidos. En un determinado momento, la mujer decidió irse de la casa que compartían, pero al tiempo regresó y las prácticas se reiteraron. Además, una familiar le advirtió que el hombre había subido fotografías y videos a internet, lo que desencadenó la denuncia.

 Entre los argumentos que sostuvieron la desestimación de parte del fiscal se encontró que, para existir la figura penal de facilitación de la prostitución, es indispensable que ocurra la prostitución en sí. A su vez, ésta requiere, entre otros requisitos, la búsqueda de un lucro, lo que no ocurrió, al menos en la denuncia y en los hechos planteados por la denunciante. El T.I coincidió en este razonamiento y explicó que es justamente por esa razón que los hechos no pueden ser enmarcados en el delito de facilitación de la prostitución, ya que no corresponden con las pautas previstas en el Código Penal. De este modo, dejaron sin efecto una resolución previa de un juez de garantías en sentido contrario, ya que había resuelto que el caso no fuera archivado.

 El presidente del tribunal aclaró que “eso no quiere decir que no exista otro delito” y planteó otras posibilidades. “No lo sé, dependerá de las pruebas que se presenten, pero el desistimiento de una denuncia no quiere decir que no pueda abrirse una investigación ante nuevos hechos o nuevas pruebas”, explicó durante la audiencia.

 Finalmente, el representante del T.I confirmó la desestimación de la denuncia “sin perjuicio de reconocer el pleno derecho de la denunciante y su abogado de, en caso de contar con nuevas pruebas, presentarlas ante la fiscalía para que esta continúe la investigación por el delito que eventualmente corresponda en términos legales”.

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